Fíjese qué productos puede ingresar a Ecuador si viaja para ver al Papa

La Aduana de Ecuador presentó un listado los artículos personales que puede ingresar sin pagar aranceles. Foto: Tomada del Pixabay.

La Aduana de Ecuador presentó un listado los artículos personales que puede ingresar sin pagar aranceles. Foto: Tomada del Pixabay.

La Aduana de Ecuador presentó un listado los artículos personales que puede ingresar sin pagar aranceles. Foto: Tomada del Pixabay.

A cuatro días de la llegada del papa Francisco, y considerando un importante número de visitantes que llegarán por las fronteras, la Aduana de Ecuador presentó un listado los artículos personales que puede ingresar sin pagar aranceles.

El pasado 30 de junio del 2015, la Aduana emitió una serie de disposiciones para ingresar al Ecuador por vía terrestre. La regulación establece un número máximo de productos que se puede traer.

Si se respeta los límites no se pagará nada, pero si se detecta que se superó lo permitido o se ingresa con cantidades consideradas por los agentes aduaneros como comerciales, el visitante tendrá que pagar el arancel vigente para tales artículos.

Los agentes de Aduana son quienes determinan, a la hora de la inspección, qué puede considerarse como cantidades comerciales. Esta verificación, usualmente, se aplica cuando se trata de ropa, artículos de higiene, joyas, alimentos, adornos, etc.

Asimismo, para productos que tengan regulaciones especiales como las sustancias psicotrópicas se deberá portar los documentos respectivos, de lo contrario no podrán ingresar.

Lo propio sucede con animales domésticos.

Los agentes aduaneros, en el momento de que una persona o grupo familiar cruce la frontera, tomará en cuenta el siguiente listado de productos nuevos o usados:

1) Prendas de vestir de uso del viajero.

2) Artículos de tocador; elementos de aseo personal.

3) Joyas, bisutería, adornos personales y adornos para el hogar, en cantidades no comerciales.

4) Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos o manuscritos.

5) Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío en cantidades no comerciales;

6) Alimentos y artículos para niños que acompañen al viajero.

7) Bienes de uso profesional, herramientas y equipos necesarios para el desempeño de funciones o actividades laborales propias del viajero: únicamente los que sean portátiles, situación que deberá ser justificada mediante un carné laboral, contrato de trabajo u otro documento público o privado; vestuario de artistas, compañías de teatro, circos o similares.

8) Medicamentos de uso personal. Para el caso de medicamentos que contengan sustancias psicotrópicas deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica; ayudas técnicas para los viajeros discapacitados, tales como: sillas de ruedas, muletas, aparatos, ortopédicos y similares, equipos necesarios para control médico, movilización y desenvolvimiento independiente del viajero, siempre que todos estos implementos estén acordes a su discapacidad y en cantidades exclusivas para su uso personal; un medidor de presión arterial, de temperatura y/o de glucosa.

9) Equipo de acampar; maletas, bolsos u otros que sirvan para transportar equipaje.

10) Unidades de almacenamiento de video, música o datos. Uno artículo.

11) Animales domésticos vivos como mascota, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos sanitarios correspondientes; si son embarcados los animales en el mismo viaje incluso como carga, su proceso de despacho será por sala internacional fronteriza.

12) Instrumentos musicales y/o sus respectivos accesorios, que puedan ser transportados normalmente por una sola persona.

13) Artículos deportivos y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una sola persona.

14) Juguetes y sus accesorios que puedan ser transportados normalmente por una persona.

15) Máximo tres cajetillas de cigarrillos.

16) Utensilios de cocina, no eléctricos que puedan ser transportados por una sola persona y tres aparatos de cocina que sean eléctricos y portátiles; e instrumentos portátiles utilizados para jardinería.

17) Una unidad usada de los artículos portátiles que a continuación se enunciarán: Cámara fotográfica y/o filmadora; teléfono celular o satelital; agenda electrónica u ordenador personal en tableta (tablet); equipo de posicionamiento global portátil (GPS); computador portátil y sus periféricos (mouse, audífonos, cámaras, teclado, y similares) y calculadora electrónica.

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