El director de Fundamedios, César Ricaurte, explica el rol que ha jugado el organismo para denunciar las anomalías de la ley de medios.
¿Por qué Fundamedios hizo reparos al proyecto de Ley de Comunicación ante la OEA y la ONU? Cuando comprendimos que el proyecto de construcción de la ley era atentatorio contra los principios de libertad de expresión y tampoco recogía los estándares de dicha libertad ya definidos en acuerdos con esos organismos, reconocidos por Ecuador y otros Estados americanos.
Al parecer, el proyecto de Rolando Panchana, presentado el pasado noviembre, prendió las alarmas.
Así es. Por eso, el 30 de noviembre del 2009 enviamos una primera carta a Catalina Botero, relatora especial para la Libertad de Expresión de la OEA; entre otras cuestiones mencionamos que la construcción de este proyecto se hizo en base a una propuesta final elaborada y presentada por la doctora Betty Carrillo, presidenta de la Comisión ocasional, luego fue aprobada en su mayor parte por asambleístas de la bancada oficialista (Alianza País).
¿Cuáles fueron los puntos más polémicos para el análisis de la señora Botero?
A ella le pedimos que hiciera un análisis del proyecto bajo los estándares internacionales en torno a la libertad de expresión y, especialmente, bajo los parámetros del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
En concreto le pedimos que se pronunciara sobre los artículos que estarían atentando a dicha libertad como: la responsabilidad ulterior, el registro periódico de los medios, la creación de un Consejo de Comunicación e Información, encargado de regular los contenidos de los medios e integrado, en su mayoría, por representantes del Ejecutivo, la colegiatura obligatoria para los periodistas, entre otros aspectos (Fundamedios envío un documento adjunto).
Los Estados no pueden exigir el título de periodista para que los ciudadanos ejerzan la libertad de expresión. Los medios de comunicación son un instrumento para que los ciudadanos ejerzan ese derecho fundamental.
¿Cuál fue la respuesta?
Conocimos, y tenemos la copia, que Catalina Botero remitió una misiva a Fernando Cordero, presidente de la Asamblea Nacional. La fecha: 8 de diciembre del 2009. En una extensa carta de nueve páginas, Botero hace un amplio análisis de los puntos ya mencionados. (En el tema de posible intervención de contenidos, Botero se refiere al artículo 9 del proyecto: “En todas las formas y medios para realizar la comunicación se dará prevalencia a los contenidos con fines informativos, educativos y culturales”.
Esta norma –en la visión de Botero- parece prohibir la existencia de medios (como revistas en papel o electrónicas o emisoras juveniles) que den énfasis exclusivamente al entretenimiento y no a la información, a la educación o a la cultura.
En este tema, Botero concluye: “Este tipo de disposiciones sumadas a la existencia de un Régimen sancionatorio ambiguo, establecen un alto riesgo de incidencia del Estado en los contenidos de los medios de comunicación y sería contrario a lo dispuesto en el artículo 16 antes mencionado, que se ajusta a los estándares interamericanos).
¿Qué dijo el presidente Fernando Cordero?
No sé si le respondió. Tampoco conocemos si hubo un pedido de la Asamblea solicitando un análisis a Botero. Pero es importante precisar que el 4 de diciembre enviamos una carta abierta a Cordero, en la cual presentamos las observaciones ya mencionadas.
Y algo importante: le pedimos que conociera el informe elaborado por Unesco, entidad que contrató a Gustavo Gómez (octubre pasado) para que preparase un informe sobre la ley ecuatoriana.
Gómez era director de la Organización Mundial de Radios Comunitarias, es una organización de la sociedad civil, considerada de izquierda, pero mucho más democrática. Gómez pidió que la ley dé paso a los principios de libertad de expresión y a los estándares internacionales vigentes.
Al parecer la extensa respuesta de Botero tuvo eco, pues el 17 de diciembre ya se dio paso al acuerdo ético-político, el cual tomó en cuenta a los planteamientos de la minoría de oposición…
Es posible que sí. Porque el segundo principio de ese acuerdo dice que se debe garantizar la libertad de expresión sin censura y con responsabilidad conforme lo establece la Convención Americana, ahí está muy claro. E incluso el primero precisa que el ámbito de la ley se ceñirá a las normas internacionales en concordancia con los instrumentos internacionales suscritos por el país.
A Betty Carrillo, ex presidenta de la Comisión de Comunicación, le enviaron dos cartas (8 de octubre del 2009 y 12 de noviembre del 2009), estas insisten en el respeto a los principios internacionales , ¿qué les respondió?
No hubo respuesta. Sin embargo, es necesario señalar que el segundo informe es más sutil, no clausura medios por la vía punitiva, por ejemplo.
Pero un medio de información puede cerrar por acumulación de multas…
Es verdad. Las multas llegan hasta el 10% de la facturación, esto puede afectar a medios grandes y pequeños. Insisto: la conformación del Consejo es el aspecto más problemático. Además, hay que tomar en cuenta que el Consejo de Participación Ciudadana ya pide rendición de cuentas a los medios, ahí el Régimen ejerce otra forma de presión.
Dado que se aproxima el debate de la ley en el Pleno de la Asamblea, ¿han planteado otros análisis a los organismos internacionales?
Sí. El pasado 2 de julio enviamos dos cartas; una a Catalina Botero y otra a Frank LaRue, relator para la Libertad de Expresión de la ONU. Esta vez nuestra preocupación se enfocó en los condicionamientos para la difusión de la noticia (veraz, verificada, oportuna, contextualizada (‘) sin ningún tipo de censura previa (‘) con responsabilidad ulterior), establecido en el artículo 9 del proyecto. E insistimos en el riesgo que traería la conformación del Consejo. Si hacemos un buen periodismo, mediante la confrontación de fuentes, documentado, contextualizado, bien reporteado, escrito con agilidad y claridad, esos condicionamientos no caben.
¿Cuál es el sustento doctrinario para hablar del riesgo de la responsabilidad ulterior para el periodista?
La libertad de expresión ha tenido un desarrollo, no es un derecho inmutable, no es como lo que se quiere mencionar desde ciertos sectores: que simplemente quiere proteger a la libertad de empresa. Pasa por toda la sociedad. Dicha libertad comienza a tener una serie de avances que después se ponen en escena a través del documento que se llama Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de DD.HH. Es de los años ochenta, el artículo 13 es clave.
¿Cómo es su alcance?
Primero, que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. El derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. Segundo, el ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar fijadas por la ley.
¿Qué fija la ley?
El respeto a los derechos o a la reputación de los demás y la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Ese artículo también habla de la presión por medios indirectos…
Claro, menciona el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados para difundir información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas.
No se ha dicho nada de los medios llamados ‘públicos’, comunitarios o de la regulación de las cadenas.
En absoluto. La ley debiera contemplar estos aspectos fundamentales, pero no lo ha hecho.
La socialización y el debate tampoco se han dado.
No. Fundamedios comprobó esto porque en este año presentamos nuestro libro ‘La palabra rota’ en varias ciudades, en especial en las pequeñas. Y constatamos que la Asamblea no auspició el debate de una ley tan importante y decisiva para el país. BRV.