Uno de los principales aspectos que debe tener en cuenta un consumidor antes de comprar un artículo es fijarse en el precio final. No solo hay que ver cuánto va a pagar en las “cuotitas” mensuales, sino conocer si le conviene o no aceptar esa modalidad de pago.
Además, la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor obliga a las casas comerciales a que den información completa, a primera vista, a los potenciales compradores. En las cartillas de precios deben constar el valor final del producto en sus diferentes formas de pago: crédito con tarjeta, crédito directo o pago al contado.
Otra obligación es incluir el monto de los tributos, como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto a Consumos Especiales (ICE), y la tasa de interés.
Marcos Pacheco, comisionado encargado de la Defensoría del Pueblo del Guayas, señala que la información no debe ser general sino específica, clara, oportuna y completa, según lo indica el numeral 4 del artículo 4 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor. “Estos datos deben ser proporcionados antes de que el cliente decida su compra”.
Pero no siempre la información está a primera vista. Flor Torres, ama de casa, compró hace unos meses un electrodoméstico en un almacén comercial. “La licuadora no tenía precio y, cuando le pregunté al vendedor, no sabía, por lo que tuvo que mirar en una computadora”. Menciona que en algunos locales no colocan el valor final del producto, sino solo el costo a crédito o las “cuotitas”.
María José Constante, clienta, comenta que siempre se resalta el valor del crédito y en números muy pequeños se pone el precio al contado, “solo entregan información completa cuando se pide una pro forma de venta”.
Pacheco sostiene que si una casa comercial omite información, este puede presentar su denuncia en la Defensoría del Pueblo o ante la Unidad de Contravenciones de la función Judicial. En la primera se llega a un acuerdo entre ambas partes, pero en la segunda se sentencia el posible delito.
De enero a octubre de este año, en las oficinas de la Defensoría del Pueblo se hicieron 10 065 denuncias de consumidores.
Por último, el abogado Pacheco afirma que de 10 denuncias, solo siete se resuelven en la dependencia. El resto las envía a la Unidad de Contravenciones, donde son procesadas judicialmente.
Los detalles que deben entregarse a los compradores, antes de vender un producto
Según la Ley del Consumidor, el valor final de un bien debe ser muy claro para que el cliente sepa antes de formalizar la compra. Debe incluir ICE, IVA, tasas de interés, precio de contado, crédito y comercial.
La Ley obliga a dar una información adecuada de los bienes y servicios ofrecidos en el mercado. También sobre el precio, calidad, condiciones de contratación y los riesgos que pueden presentar los artículos.
El servicio técnico, componentes y repuestos de los bienes deben ser asegurados permanentemente por la casa comercial durante la vida útil de los artículos. Esto será determinado por el Inen.
Con la normativa, la garantía de los productos como vehículos, artefactos eléctricos, mecánicos, electrodomésticos y electrónicos deberá ser asumida por el proveedor para cubrir deficiencias.
Adicionalmente, no se puede realizar variaciones en los precios de los productos. Tampoco en el costo de reposición del artículo, luego de que se haya acordado entre las partes, en la firma del contrato.
Las cláusulas que eximan o limiten la responsabilidad de los proveedores, impliquen renuncia a los derechos de la ley o a los derechos procesales de los consumidores son nulas y no tienen efecto.
En la negociación, nada puede darse por sobreentendido. Todo debe estar especificado en el contrato y con letras de tamaño de 10 puntos. Allí deben indicarse las cláusulas y lo que cubre la garantía.
Los datos y la información en general que se expone en las etiquetas, envases, empaques u otros recipientes de los artículos deben estar en español, en dólares y unidades de medida de aplicación general en el país.
Los consumidores tienen dos instancias en donde pueden acudir a presentar sus quejas
El cliente puede hacer su reclamo directamente en la empresa donde adquirió el artículo. Una vez expresada la queja, el almacén tiene la obligación de dar una respuesta en los primeros 15 días.
Las reparaciones de los artículos dentro de los primeros 90 días son gratuitas o se repone el bien en 30 días. Pero si se hubiere otorgado una garantía por un plazo mayor, se aplicará a ese último límite.
En la Defensoría del Pueblo, las personas también pueden presentar su queja. Allí se resuelven los problemas en mutuo acuerdo. El trámite es gratuito y no se necesita contratar un abogado privado.
Si el problema no puede resolverse en la Defensoría, se puede recurrir a la Unidad de Contravenciones de la Función Judicial. En esta dependencia se establecen sanciones para el almacén, si lo amerita.
La Unidad de Contravenciones puede imponer multas a la casa comercial. Pero si el almacén es reincidente puede ser clausurado. Además, esta exige que el establecimiento cumpla con sus obligaciones.
El consumidor tiene derecho a la reparación e indemnización por daños y perjuicios que le ocasionen el artículo. También por las deficiencias y mala calidad de los bienes y servicios obtenidos.
Las infracciones que cometa la empresa, siempre que no tengan una sanción específica, serán sancionadas con multa de USD 100 000, según lo establece la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
Si el proveedor incumple con el artículo 58 de la Ley, en donde se constata que un artículo adolece un defecto o es riesgoso para la integridad física, será sancionado con multa de entre USD 1 000 y 5 000.
Otros datos
Cuando el consumidor adquiera determinados bienes mediante sistemas de crédito, el proveedor está obligado a informar cuánto es la tasa de interés moratoria y el precio al contado.
El vendedor informará el monto total correspondiente a intereses, la tasa a la que serán calculados si la forma de pago es a crédito. Y el monto y la periodicidad de los pagos del producto.
El cálculo de los intereses en las compras a crédito debe hacerse exclusivamente solo sobre el saldo de capital que se adeuda.
En el contrato se deben especificar las cláusulas del cierre y los posibles riesgos que puede generar el uso cotidiano del bien.
Si en un contrato de adhesión hay textos escritos con letras o números significativamente más pequeños, la Ley determina que estos quedarán como si no estuvieran escritos.
Las empresas deben tener un libro de reclamos en donde los clientes puedan escribir sus quejas. Estos deben ser reglamentados por la empresa.
El consumidor puede optar por la rescisión del contrato, la reposición del bien o la reducción del precio cuando la cosa objeto del contrato tenga defectos que disminuyan su calidad.
Toda promoción u oferta especial deberá señalar, además del tiempo de duración de la misma, el precio anterior del bien o servicio y el nuevo precio.
La factura que documente el negocio debe ser entregada obligatoriamente por el proveedor al consumidor.