La reforma original para los burós de crédito, de apenas cinco artículos contenida en cuatro páginas, se transformó en un paquete de cerca de 30 reformas a cuatro leyes en la Comisión de Régimen Económico de la Asamblea. Contiene, además, la eliminación de los burós de crédito privados en el Ecuador.
Con seis votos a favor, cuatro abstenciones y un voto en contra, la Comisión de Régimen Económico aprobó hacia el mediodía de ayer el informe para segundo debate del proyecto de reforma a la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
El proyecto está enfocado en cambiar el sistema de información crediticia del país. Inicialmente se planteó como una reforma a la Ley vigente para la operación de los burós de créditos.
Sin embargo, en el último informe realizado por la Comisión, esta reforma se introduce en la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos y deroga la Ley de Información Crediticia, publicada el 18 de octubre del 2005.
Los burós de crédito son firmas especializadas en registrar el historial crediticio de una persona que aspira a un préstamo y entregan información a instituciones financieras para saber si el cliente puede o no adquirir una deuda.
El nuevo paquete de reformas elaborada por la Comisión de lo Económico —enviada a este Diario— consta de ocho artículos con 26 subartículos, una disposición general, siete transitorias, ocho disposiciones reformatorias y dos derogatorias.
El paquete implica reformas a la Ley de Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, a la Ley Orgánica de la Economía Popular; a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero y a la Ley de Compañías.
En el informe para el primer debate del proyecto inicial solo contenía cinco artículos que reformaban exclusivamente la Ley de Burós de Información Crediticia.
De acuerdo con el nuevo proyecto, los servicios de referencias crediticias “solo podrán ser prestados por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos”.
En el anterior proyecto de Ley, se permitía entregar este servicio a empresas públicas o sociedades anónimas privadas.
Con la nueva reforma, el papel de los burós de crédito privados queda prácticamente eliminado.
Para entregar el servicio de referencias crediticias, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos implementará una metodología y un modelo de riesgo crediticio que serán autorizados conjuntamente por las superintendencias de Bancos, Economía Popular y de Compañías.
“El modelo y la metodología utilizados no podrán considerar para sus cálculos más de tres años de la historia crediticia de los clientes”, indica el artículo uno de la reforma. Esta reforma se mantiene respecto al proyecto inicial.
Los reportes de información crediticia no incluirán valores superiores al salario básico unificado multiplicado por 0,15. Es decir, USD 43,8. Este punto tampoco se ha cambiado.
De acuerdo con la nueva reforma aprobada para segundo debate, la Superintendencia de Bancos establecerá un sistema de registro crediticio, que contenga información individualizada de las personas naturales y jurídicas respecto de sus operaciones crediticias de los últimos 20 años y esta última solo podrá ser utilizada para fines de tipo estadístico.
Sobre la Ley laboral
La Comisión de lo Económico también aprobó el informe para el primer debate de la Ley para la Defensa de los Derechos Laborales que implica el pago de indemnizaciones a los ex trabajadores de casinos y salas de juego.
Respecto al proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo, el informe para primer debate no hizo cambios con excepción de que la Ley será considerada como orgánica. El proyecto implica además reformas laborales contra el incumplimiento de los patronos en las aportaciones al IESS.