Más de 300 ex trabajadores separados de Petroecuador esperan un pronunciamiento de la Corte Constitucional desde hace seis meses en busca de resarcir sus derechos.
Entre octubre y septiembre del 2010, cerca de 520 empleados fueron separados de la empresa tras un proceso de visto bueno que pidió Petroecuador por un presunto conflicto de intereses.
Los trabajadores supuestamente poseían acciones en Gaspetsa, empresa que mantenía un contrato con la estatal para elaborar combustible. Ello, cuando los reglamentos de Petroecuador impedía a sus empleados tener contratos con la misma compañía.
Tras su salida, los funcionarios acudieron a los juzgados laborales, el Tribunal de lo Contencioso y la Corte Constitucional.
A la espera de un pronunciamiento de este organismo se encuentran más de 300 ex trabajadores desde noviembre del 2010. Ellos se sumaron a una acción de protección que un grupo de 94 ex empleados presentó ante el juez segundo de Garantías Penales de Esmeraldas, Samuel González, con el argumento de que existieron violaciones a sus derechos en el proceso de vistos buenos.
Entre ellas, que a todos los ex empleados se los juzgo bajo el régimen del Código de Trabajo sin hacer distinción entre obreros y servidores públicos.
Los trabajadores invocan al artículo 326, numeral 16 en el que se establecen el régimen del Código de Trabajo para los obreros y el régimen de la administración pública para los servidores.
Sin embargo, el artículo 29 y 32 de la Ley de Empresas Públicas establece que en cuanto a faltas disciplinarias no habrá esta distinción entre obreros y servidores y que todos acudirán a las autoridades laborales.
González encontró en esto un conflicto y elevó una consulta a la Corte Constitucional para que determinara bajo qué régimen debían ser juzgados los trabajadores.
Javier Del Pozo, representante de 360 ex trabajadores, explica que esta aparente contradicción deriva en la indefensión de los ex empleados involucrados en el caso Gaspetsa.
Ello debido a que podrían excusarse tanto los jueces laborales como los jueces del Tribunal de lo Contencioso, pertinentes para juzgar procesos de despido a funcionarios administrativos.
Según Del Pozo, la Corte Constitucional debería declarar la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Empresas Públicas que unen los regímenes de obreros y servidores. Ello serviría los ex trabajadores de Petroecuador a enfocar correctamente sus reclamos y determinar si fueron correctamente juzgados.
Sin embargo, el ministro de Relaciones Laborales, Richard Espinosa, insiste en que no hay contradicción entre las leyes y la Constitución ya que solo en cuanto a faltas disciplinarias, los servidores públicos se regirán con el Código de Trabajo.
Mientras estos debates se presentan, los ex empleados aseguran que el tratamiento del tema se ha puesto en el orden del día del pleno de la Corte Constitucional en nueve ocasiones desde noviembre del 2010 pero nunca ha llegado a tratarse.
El departamento de Relaciones Públicas del organismo indicó que el tema volverá a estar en el orden del día en esta semana.