Desde este domingo, las personas que ingresen al país por las salas de arribo internacional solo podrán traer un celular de uso personal. Así se determina en la resolución 67 del Comex, del pasado 11 de junio.
Johanna Carvajal lamenta no poder importar un teléfono celular. Ella esperaba que el próximo mes uno de sus familiares que retornará de Estados Unidos le trajera un iPhone.
Andrés Ruiz, en cambio, supo de las restricciones recién esta semana cuando intentó comprar un teléfono celular a través de una empresa de courier. Allí, le informaron que estaba prohibido realizar este tipo de envíos.
Las personas naturales y jurídicas que importan regularmente por courier y Correos del Ecuador tendrán asegurado un número de importaciones de acuerdo a políticas del Comex. Según el anexo 1 de la resolución, son 33 cosignatarios autorizados.
El sistema informático aduanero identifica si los cupos ya fueron cubiertos en lo que va del año, y como tal no podría importar más teléfonos celulares.
Fernando Ronquillo solía importar dos o tres celulares cada dos meses junto a sus pedidos de zapatos mediante courier.
La partida arancelaria de los celulares tiene un ad valórem (porcentaje a pagar según el valor del bien) del 15%, adicionalmente un tributo del 0,5% por el Fondo de Desarrollo para la Infancia (Fodinfa), más el 12% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) realiza controles y filtros aduaneros en los aeropuertos del país. Ordenará el reembarque de la mercadería ilegal. Cuando la Senae detecte la presunción de un delito de aduana, se aprehenderá la mercancía.
Si es que los valores son menores a diez salarios básicos (USD 2 920) se sanciona con una multa. Pero si el valor de la mercancía es mayor, la sanción se endurece a prisión de 2 a 5 años para el responsable, más una multa que es hasta tres veces el valor de la mercadería retenida.