El Consejo Directivo el IESS derogó el jueves la resolución 464 y aprobó una nueva donde aclaró que la afiliación de las personas sin relación de dependencia será “voluntaria”.
La norma 464 desató una álgida polémica las últimas dos semanas entre empleadores y trabajadores independientes.
Las críticas se generaron porque esa norma fijó el “régimen obligatorio de afiliación sin relación de dependencia”.
Incluso el entonces director de Aseguramiento del IESS, Raúl López, dijo que la afiliación de este grupo era “obligatoria” y habló de multas y sanciones para quienes no cumplan. Ello fue visto como un “impuesto a la solidaridad”.
Pero siete días después, Cordero desmintió al funcionario y dijo que la afiliación no era obligatoria, sino voluntaria.
[[OBJECT]]La aclaración no fue suficiente para gremios empresariales y trabajadores, que pidieron derogar la norma. Los últimos incluso solicitaron la destitución de los vocales del Consejo.
En medio de esta polémica, el martes, Cordero presentó su renuncia a la Presidencia de este organismo, aunque hasta el cierre de esta edición seguía en funciones porque no se analizaba su renuncia.
El origen de este entuerto jurídico se remonta, en realidad, a dos resoluciones del IESS aprobadas en diciembre pasado. La primera es la 460 que eliminó el límite de edad, los exámenes médicos y otros requisitos para facilitar la afiliación voluntaria en el país.
Pero eso abría la puerta para que trabajadores autónomos, gerentes e incluso personas con enfermedades catastróficas accedan a los servicios de la entidad aportando solo sobre el salario básico.
La segunda fue la resolución 462 para extender la atención de salud a los hijos de los afiliados de 18 y 25 años con un aporte del 1,32%.
El propio presidente Rafael Correa cuestionó las decisiones y el 11 de enero pasado dijo que “por servir podemos irnos más allá de la capacidad del IESS y tener déficit actuarial y déficit en servicios de salud”.
Cordero reconoció que la resolución 460 tenía vacíos y admitió que se podía generar elusión en el pago de aportes.
Para resolver el tema, el Directorio de la entidad aprobó el 24 de febrero la resolución 464, que, además de derogar la resoluciones 460 y 462, estableció a la afiliación voluntaria como un beneficio solo para los afiliados en el exterior. Y creó el régimen obligatorio de afiliación para los trabajadores independientes, para garantizar que aporten sobre su remuneración real.
Para ello, estableció que realizaría controles con el SRI.
Pero, anteayer, esto se derogó a través de la resolución 467, la cuarta resolución en esta historia de aprobaciones y derogaciones.
Con esta nueva norma, el IESS fijó que la base del aporte será la que el afiliado establezca como remuneración, la cual no podrá ser menor al salario básico, pero se eliminaron los controles para evitar elusión como establecía la 460.
Además, se mantuvo el porcentaje de aporte del 20,6%, que incluye el incremento del 0,10% que rige desde este mes y el 3% para el seguro de cesantía, temas también criticados por trabajadores y empresarios.
Fernando Ibarra, del Parlamento Laboral (que reúne a cuatro organizaciones sindicales y de trabajadores) dijo que si bien se elimina la obligatoriedad de afiliación para trabajadores independientes, mantener esos porcentajes aún contraviene la Ley de Seguridad Social. Las cámaras empresariales aún analizan la norma.
No olvide Aporte. Afiliados independientes y voluntarios en el exterior pagarán 20,5%.
Base de aporte. La que el afiliado fije como salario y no menor al básico.
Cesantía. El aporte incluye 3% de cesantía, que se cobra por desempleo.
Requisitos. Cédula. No tener mora u obligaciones pendientes con el IESS .
Salida y entrada al sistema. El afiliado lo puede hacer en cualquier momento.
Sale del sistema del IESS si no aporta 30 días luego del mes que corresponda.
Plazo. Afiliación para el autónomo y el voluntario en el exterior desde el 1 de mayo.
El aporte. Todo afiliado empezó a pagar un 0,10% más desde este mes de marzo.