Fernando Garzón Montenegro
Hace unos días causó sorpresa observar a la ‘Comisión de la verdad’, cuyo nombre es demasiado ampuloso para cinco miembros encargados de transparentar lo transparente.
Todo el país conoce hasta la saciedad sobre los acontecimientos de Angostura en marzo del 2008, mientras la Comisión acude a Carondelet para pedir más apoyo para las ‘difíciles’ investigaciones, obviamente con el beneplácito del señor Presidente de la República.
La Comisión la preside el Dr. Francisco Huerta. Que un médico sea un investigador científico no es ninguna novedad, pero extraña que un médico intente ser investigador de conflictos armados.
No obstante, una vez que se ha hecho una inversión para poner a andar esta comisión, vale la pena sugerir que sus miembros, ávidos por descifrar verdades y revelar misterios ocultos, justifiquen su designación y su sueldo investigando también casos como los Patiñovideos, caso Chauvín, caso Dayuma, caso Reyes, caso Fabricio Correa, etc.
Solo allí se justificaría la inversión y, si actúan de manera imparcial, sería justo que todo el país los aplauda y agradezca. Caso contrario, habrá hecho un papelón.
EL CASO FABRICIO
A usted, hombre o mujer que gana el pan como resultado de su trabajo honesto.
A usted empresario, que paga no solo lo que dice la Ley sino que trata con dignidad a sus trabajadores.
A usted periodista, que no define lo que debe informar por los intereses de su jefe o su bolsillo sino por el bien común.
A usted profesional ético, a todo aquel de conciencia honrada quiero comentarle el mecanismo por medio del cual se puede aplicar la Ley al “solvente testicular” y a todos los titulares de las instituciones públicas que, a sabiendas de que sabían quién era, contrataron con él.
Con lo que les voy a contar sabrán comprender si hay méritos para que vayan a la cárcel todos los involucrados.
El art. 17 de la Ley de Compañías dice: “Por los fraudes, abusos o vías de hecho que se cometan a nombre de compañías y otras personas naturales o jurídicas, serán personal y solidariamente responsables:
1. Quienes los ordenaren o ejecutaren, sin perjuicio de la responsabilidad, que a dichas personas pueda afectar.
2. Los que obtuvieren provecho, hasta lo que valga este;…”.
Segundo, invocamos los siguientes pronunciamientos de la antigua Corte Suprema de Justicia en casos en donde se usó a sociedades con evidente abuso del derecho y fraude.
Cuando se usan las personas jurídicas como “camino oblicuo o desviado para burlar la Ley… hay que reaccionar desestimando la personalidad jurídica, es decir, descorriendo el velo que separa a los terceros con los verdaderos destinatarios finales de los resultados de un negocio jurídico…
Son situaciones extremas que deben analizarse con sumo cuidado, ya que no puede afectarse la seguridad jurídica, pero tampoco puede a pretexto de proteger este valor, permitir el abuso del derecho o el fraude a la Ley mediante el abuso de la institución societaria…”.
En tercer lugar hay que tener claro que en materia de derecho público no es necesario demostrar un perjuicio al Estado sino evidenciar jurídicamente el engaño creado para contratar; este engaño ya fue reconocido por el propio “solvente testicular” quien dijo haber consultado con su abogado para a través de las empresas hacer una pantalla y poder salvar la Ley y contratar.
Por lo tanto, la Contraloría debería pronunciarse, no sobre la licitud o legalidad de los contratos sino de los contratistas (su capacidad para contratar, si tenían o no prohibición o inhabilidad, etc.).
El Fiscal General, que debe actuar de oficio por la existencia de un presunto delito de peculado, esperemos (sentados) inicie instrucción fiscal inmediatamente contra todos y cada uno de los titulares de las instituciones públicas que contrataron con el Estado para que digan si sabían o no que esas empresas son de ciudadanos que tienen, de acuerdo al Código Civil consanguinidad en línea colateral (ñaño) del titular del Poder Ejecutivo…
Le cuento esto porque nos quieren hacer “chichirimico” la ética colectiva… Pero, por favor, no se lo diga a nadie.
Milton Castillo Maldonado
¿Por qué no se multa a quienes botan basura?
Quito es una ciudad bella, de contrastes increíbles, de rincones mágicos, en especial en el centro histórico de Quito. Por algo nuestra capital fue declarada Patrimonio de la Humanidad. Sin embargo, muchos ciudadanos no son conscientes del entorno en el que viven y es común ver que lanzan botellas, fundas y otros desechos a las calles y parterres. Hay una ordenanza para multarlos, ¿cuándo se aplica?
Ismael Carrasco