El miércoles 16 de septiembre del 2015, la Estación de Bomberos de Nanegalito será inaugurada. Llevará el nombre de uno de los tres jóvenes que murieron al tratar de apagar el incendio producido el lunes 7. Se llamará Jonathan Dionicio Vásquez.
A propósito de las emergencias que el Cuerpo de Bomberos de Quito ha tenido que atender en estos días, su comandante, Eber Arroyo, opinó que quizá la normativa es muy laxa en lo relacionado a sancionar a quienes provoquen incendios forestales. “Podrían tener de uno a tres años de prisión y en caso de ocasionar muertes hasta 16”.
Lo dijo porque le parece que las personas que causan estos incidentes causan graves daños a la naturaleza y ponen en riesgo la vida del personal encargado de sofocar incendios.
¿Quiénes provocan los incendios? El comandante Arroyo responde que hay ciudadanos que continúan con prácticas ancestrales como quemas agrícolas. Dice que hacen campañas preventivas en sectores rurales, pero las personas lamentablemente siguen con sus costumbres tradiciones. “Les explicamos el comportamiento del fuego, cómo reacciona, qué puede generar. Pero escuchan nada más”.
Arroyo tiene una hipótesis. Cree que no son pirómanos los que causan estos incendios. Podría haber un interés económico detrás. Dijo: “Si tengo un bosque alado y quiero crecer mis cultivos, prendo fuego y luego paso el tractor y tengo mejores siembras, es una hipótesis que manejamos. Indistintamente por lo que sea. Unámonos para generar una cultura sobre este tema”.
La semana pasada, en medio del luto por la pérdida de tres bomberos, el asambleísta Andrés Páez (CREO) presentó un proyecto de ley reformatorio al Código Integral Penal (COIP).
Propone cambios al artículo 246, que se refiere a la sanción, de quien provoque directa o indirectamente incendios.
El asambleísta sugiere un aumento de las penas de tres a seis años, para quien provoque directa o indirectamente un incendio; de uno a tres años, a quien ocasione quemas incontrolables que causen incendios forestales; y de 16 a 25 años, si como consecuencia de este delito se produce la muerte de una o más personas.
Así mismo manifiesta que se debe agregar que: si como consecuencia del incendio se ocasionaren heridas o lesiones permanentes a personas se sancionará a los actores con prisión de ocho a 12 años y a los cómplices a la mitad de la pena.