El IESS dice que la deuda con el Estado estaba cuantificada en USD 2 506 millones. Foto: Archivo / EL COMERCIO
Entrevista a Geovanna León, directora general del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), sobre la deuda con el Estado.
¿De quien fue la decisión de retirar de los balances la deuda del Estado por atenciones médicas a jubilados y personas con enfermedades catastróficas por USD 2 506 millones?
Es el resultado de una recomendación de la propia Contraloría General del Estado que le hace a la institución en 2013.
La Contraloría le recomienda al IESS ese año que se conforme una comisión interinstitucional que permita cuantificar o determinar cuál es la relación con respecto a lo que la ley disponía de estos rubros a favor del IESS por parte del Estado. Cuando la comisión se reúne, revisa toda la parte normativa técnica y concluye que la ley le pone como requisito indispensable para cuantificar las prestaciones de estos dos grupos de los jubilados y de los enfermos catastróficos la existencia del reglamento para determinar los parámetros sobre los cuales se iba a hacer el cálculo. También concluye que durante los años desde que se promulgó la ley, es decir, a partir del 2002, no existen ningún tipo de documento que permita determinar cuántas atenciones se hizo, cuáles fueron los montos de sus atenciones, cuántos números de jubilados se atendieron durante esos años.
Pero la deuda estaba cuantificada en USD 2 506 millones
Es una pregunta que nosotros nos hemos hecho. Hemos comenzado las acciones administrativas que permitan a los organismos de control evaluar o analizar bajo qué criterios se hicieron esas cálculos, lo que en su momento el Ministerio de Finanzas le dice a la institución es que no puede asumir una deuda bajo proyecciones o bajo supuestos. No existen los respaldos, no es sólo un tema de falta de existencia del reglamento sino que no existen ni facturas ni planillajes.
¿Por qué no existe un reglamento?
La necesidad o no de reglamento lo tiene que determinar la Contraloría.
¿Si la Contraloría dice que debe existir reglamento, a quién le corresponde emitirlo?
La Ley dispone que es una facultad privativa de la Presidencia de la República, nosotros lo que hemos hecho es cumplir con la recomendación de la Contraloría, caso contrario se seguían cargando valores sin respaldos, sin un argumento técnico, y se seguían inflando las cuentas de la institución.
¿Esas prestaciones se hicieron o no?
Por supuesto que se han hecho. Las de los años anteriores no se cuenta con los respaldos, pero hoy tenemos un sistema que nos evidencia cuál es el costo, cuál es el monto, cuál es el beneficiario de separación.
¿Desde cuándo se tiene el sistema?
Desde alrededor del 2008 o 2009 más o menos
¿Bajo este sistema de registros la deuda a cuánto asciende?
No existe una deuda. Simplemente son prestaciones que se van contabilizando en cada una de estas unidades y lo que nos permite es determinar cuál es el presupuesto anual que la institución requiere para cubrir las prestaciones
¿El Consejo del IESS era el que debía determinar si se sacaba o no de los balances el monto de los USD 2 506 millones?
Como administración hemos cumplido a cabalidad con la ley. Para la aprobación de los balances de la institución en el Consejo Directivo se debe contar con el informe de auditoría externa. La Contraloría será quién determine si es que lo actuado financiera o contablemente es correcto. Una vez que contemos con el informe final pondremos en conocimiento del Consejo Directivo ese informe y los balances. La máxima autoridad de la institución acogerá las recomendaciones.
¿Los estado financieros no se deben revisar por el Consejo Directivo?
No, en el artículo 26 literal L de la ley donde están detalladas las atribuciones del Consejo Directivo está la obligación de contar con un informe de Contraloría previo a la entrega de los balances a la Superintendencia de Bancos
Amparados en ese artículo dicen que el Consejo Directivo del IESS no tenía que conocer ni aprobar el hecho de haber sacado los USD 2 506 millones que estaba registrado antes…
Hasta no tener el informe de la Contraloría. Ese es el requisito, es un respaldo para que la máxima autoridad de la institución pueda pronunciarse al respecto.
El informe de la comisión interinstitucional es del 13 de abril de 2015, y hay un requerimiento de la Contraloría que dice que necesitan el acta del Directorio de que este cuerpo colegiado, conoció y resolvió acerca del informe…
Esos documentos han sido entregados a la Contraloría.
¿Existió esa reunión del Consejo, cuál fue la resolución?
Por supuesto, fue el 3 de febrero de 2016, firmado por todos los miembros del Consejo. Da por conocido el informe y solicita que se remita a la Contraloría el informe. El 9 de marzo de 2016 la entonces directora general encargada remite el informe interinstitucional a la Contraloría.
¿La decisión es pasar a la Contraloría?
Sí
¿Si la decisión era pasar el informe a la Contraloría, con qué argumento se retiran esa cantidad del balance?
Esas son acciones administrativas desde el punto de vista financiero. Para poder realizar los proceso de la planificación institucional, para poder hacer los estudios actuariales y la sostenibilidad de la institución necesitamos tener un patrimonio real, determinar la situación financiera real, no sabíamos si esos valores tenían o no que estar.
Si depende de la Contraloría sacar o no esos valores ¿por qué los sacan antes de que diga nada?
La Contraloría dispuso la conformación de la comisión, el Consejo Directivo conoce ese informe, se remite a la Contraloría ese informe y se solicita que se hagan las acciones administrativas que corresponda. Justamente se cumplió con esa parte administrativa, netamente operativa y se le ha dicho al órgano de control, ahora sí revísenos si los argumentos que se han utilizado para este ejercicio contable son válidos o cuál es la recomendación.
¿Quitar esos montos es una cuestión netamente administrativa?
Es consecuencia del informe de la comisión interinstitucional. Nosotros hemos iniciado el pedido de revisión de quiénes o bajo qué criterios en su momento empezaron a cargar esos valores, generando una expectativa de rubros irreales en un patrimonio de la institución.
El anterior presidente del IESS, Hugo Villacrés, decía que hasta cuando él estuvo a cargo de la institución se conocían los valores, existían, se hicieron los cruces de papeles entre las entidades.
Hubiera sido interesante que si había los argumentos para supuestamente determinar eso se hubiera dejado algún informe que valide esa información.
Él dijo que estaba en alrededor de USD 1 800 millones…
Lamentablemente no existe ningún documento, ese valor de USD 1 800 y pico incluso lo han sacado en comunicados de los mismos jubilados y son justamente valores que constaban en el sistema sin ningún sustento. Yo también puedo decir que tengo en mi patrimonio USD 2 000 millones, pero no tengo documentos para respaldar ese valor.
Lo decía la máxima autoridad de la institución de ese entonces, cambian de autoridad y desaparecen los valores…
En ese caso ustedes han tenido acceso a los documentos que se han generado, la Contraloría tiene el informe interinstitucional que es un documento que existe, los oficios donde se remite el informe a la Contraloría, existe nuestro pedido de revisión de los balances una vez que se realizó el ejercicio contable, existen los sustentos de la parte operativa para realizar el ejercicio contable… los argumentos que hayan utilizado las autoridades anteriores, pues lamentablemente nosotros no tenemos ningún documento a más de un oficio que mando el director general de ese entonces donde replica lo que vienen replicando los diferentes grupos que hoy dicen que son defensores de la institución.
Y las diferentes comunicaciones que salían del propio IESS al Ministerio de Finanzas, donde se detallaban los valores adeudados, ¿esos no son documentos válidos?
Son valores que constaban en un sistema que se empezó a alimentar con proyecciones de atenciones que no tenían en su momento ningún respaldo. Hoy por hoy por supuesto que el sistema nos permite determinar cuantas antenciones se hicieron, pero ahí viene la segunda parte del requerimiento, el reglamento. Cuando hablamos de atenciones que tenían que cubrirse por parte del Estado, ¿en qué porcentaje?, ¿bajo qué condiciones?, ¿a los gobiernos seccionales, al gobierno central, al Ministerio de Salud?, nada de esos lineamientos técnicos se tenían.
¿No resulta desde cierto punto demasiado cómodo, poner como justificación la inexistencia del reglamento para desconocer una deuda?
Eso lo determinará la Contraloría, yo también le puedo decir ¿y no resultaba muy cómodo seguir cargando valores para iniciar un patrimonio que no es real? La responsabilidad de haber tomado la decisión de transparentar las cuentas creo que evidencia nuestro compromiso con la institución.
¿Qué gestión ha hecho el IESS para que se emita el reglamento?
Desde que la Contraloría se pronunció, no nos ha dicho promulgue el reglamento, nos ha dicho haga las acciones que corresponda para que esto se solucione. El reglamento es una facultad privativa de la Presidencia de la República.
En este caso, si es que el Ejecutivo era quien tenía que promulgar el reglamento quiere decir que ¿es responsabilidad del Ejecutivo que no haya el reglamento?
Eso debería preguntarle a la Contraloría.
Como no hay reglamento no se puede determinar la deuda, pero si bien tampoco hay reglamento cuando un empleador se atrasa, pero se ha regulado para que se le cobre multas y recargos ¿por qué no se hizo una regulación igual en el caso de la deuda del Estado?
Porque en el caso de ese tema, la ley nos permite emitir normativa. La ley dice que será el Consejo Directivo quien determine las reglas para este tipo de prestaciones cuando se refiere a los empleadores. Se ha generado normativa interna para operativizar los procesos o para implementar sistemas informáticos. Cuando hay temas que reforman la ley como en el caso de la remisión de intereses del año pasado fue una reforma legal.
Pero no es equitativo que no le carguen las deudas al Estado, pero sí a los empleadores… En este caso, si fue una acción administrativa quién dio la orden de ejecutarla.
Ya internamente lo que se le dispuso a la dirección financiera es que se revise lo que dice el informe interinstitucional y que se tomen las acciones operativas que correspondan. Este es un ejercicio que se lo hace entre varias instancias, las direcciones financieras, las subdirecciones de salud territorial, las propias unidades médicas. No es como alguien me quiso decir fue fácil borrar la deuda, creo que se lo está manejando dentro de la coyuntura, pero desde el punto de vista operativo y técnico implica de mucha responsabilidad.
¿Fue una decisión del presidente del Directorio o de usted directora?
Como siempre lo hacemos y no solo en este tema, cuando hay recomendaciones del organismo de control se le dispone a las unidades que corresponda que se revisen y realicen lo que corresponda para cumplir.
¿En años pasados cuando constaba esa deuda, esos estados financieros también fueron aprobados por la Contraloría y la Superintendencia de Bancos?
El único examen especial de estos que hemos tenido de la Contraloría es el que se remite en 2013. Cuando empezamos a hacer la revisión de documentos de los años anteriores encontramos que lo que se estaba haciendo por parte de la institución y remitiendo a la Superintendencia de Bancos era únicamente el conocimiento de los balances. Ese es un tema que nos ha llamado la atención porque se estaban poniendo en conocimiento del Consejo Directivo, pero no había una aprobación porque no existían las auditorías externas que manda la ley.
¿Desde cuándo no hay auditorías?
La verdad no sabría decirle. Lo que nosotros hemos revisado es más o menos del 2010, 2012 hacia acá. Hay un montón de auditorías, pero en el caso puntual de los balances, informes de Contraloría que hayan sido el insumo para que el Consejo apruebe los balances no los tenemos
¿Por qué no hay?
Sería de preguntarle a las anteriores administraciones
¿Hay acciones que se puedan tomar contra esas administraciones?
Por supuesto, la Contraloría es el ente que dice. De hecho nosotros lo hemos dicho, estamos cumpliendo con la ley. Nos sorprende que esto salga en estos momentos cuando es un tema que ya se aclaró y que por último pudo haber salido en el mismo septiembre cuando se aclaró la información a la Contraloría
Sale porque el mismo vocal del Consejo está cuestionando este tipo de decisiones…
Ahí podrían preguntarle a él qué hizo en los años anteriores porque él está de vocal casi ocho o diez años. A él deberían preguntarle cómo mandó los balances sin aprobar, porque solamente los conocían.