Estefanía Celi R. Redactora (I)
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El agua potable, el riego, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad… La Constitución señala que la provisión de esos servicios públicos, así como de los demás que establezca la ley, es responsabilidad del Estado.
Pero ahora Alianza País busca que la comunicación también sea considerada un servicio público, a través de una de las 16 enmiendas que se tramitan en la Asamblea.
La propuesta busca que se incluya la frase: “La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios”.
¿Qué implicaría el hecho de que la comunicación sea considerada un servicio público?
Los servicios públicos pueden ser operados por la iniciativa privada solamente bajo concesión del Estado, según señala el jurista Santiago Guarderas. Así lo establece la Constitución en su artículo 316.
“El Estado podría decir que si un medio no está operando bajo los parámetros establecidos, le retira la concesión. Y esta concesión no es la del espectro radioeléctrico, sino comunicacional”, asegura.
Guarderas explica que cuando el Estado tiene la titularidad, puede permitir que un privado opere un servicio público pero bajo los parámetros de los servicios públicos. Con esto, a criterio del jurista, la comunicación dejaría de ser un derecho.
José Laso, catedrático de la Universidad Andina Simón Bolívar, comenta que la comunicación no se debería concebir como un servicio público porque no es algo en lo que se pueden establece estándares.
“No se trata de calcular el ancho de los tubos o el largo de los cables, implica opinión e información. El agua potable que es un servicio público con que llegue entubada a la casa es suficiente, y ese tubo es administrado por el Estado, el alcantarillado, la energía eléctrica”.
Pero el oficialismo no lo ve así. Para ellos, lo único que se busca con esta enmienda a la Constitución no es restringir los derechos sino “garantizar que al ser la información un derecho constitucional y un bien público, se la preste con responsabilidad y calidad”, según los argumentos que presentaron a la Corte.
Esto no quiere decir que habrá más regulaciones para la prensa, según la asambleísta oficialista María José Carrión. Ella señala que tal como hay escuelas y hospitales privados, no dejará de haber medios de comunicación privados ni se buscará una homogeneidad de criterios y líneas editoriales.
“Esto permite una regulación en garantía y servicio de parte del Estado. Lo que sí hay que garantizar es la calidad en la comunicación, como la libertad de expresión, la responsabilidad ulterior, la verificación de la fuente”, señala.
Este es el criterio que acogió la Corte Constitucional (CC) en el dictamen con el que dio paso a esta enmienda. Los magistrados acogieron gran parte de la sentencia que desechó la mayor parte de las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley de Comunicación.
Así, la Corte determinó que la propuesta de enmienda no restringe los derechos. “El planteamiento afianza los objetivos que persigue el modelo estatal como un estado constitucional de derechos que propende a la implementación integral de los mismos”, dice el texto.
Sin embargo, para Guarderas, los magistrados caen en una confusión entre los derechos de libertad y los sociales. “Cuando los derechos son de libertad, el papel que tiene el Estado es el de abstención, el de no meterse, pero con los derechos sociales, el Estado tiene que actuar”.
Además, Laso señala que se está adaptando la Carta Política a una ley, pues a su criterio existe contradicción entre la Ley de Comunicación y los principios constitucionales. “No es inocente que presentaran esta enmienda”.