El martes, un policía llegó al conjunto donde reside Luis Chiriboga, a las 13:13. Él lo vigilaría hasta las 21:00. Foto: Fernando Medina / EL COMERCIO
No pudo salir de casa por cuatro meses. Un policía la vigilaba siempre, incluso en las noches, mientras dormía.
Cuando iba al baño, la puerta era custodiada por el uniformado. Así fueron las condiciones en las que Fadua Tapia cumplió el arresto domiciliario. Ella es una de los procesados por el caso los 10 de Luluncoto.
El arresto en la casa es una de las seis medidas cautelares que el Código Integral Penal (COIP) fija para que se garantice la presencia de una persona en un proceso legal. A Tapia, el juez le ordenó que permaneciera en su vivienda, pues tenía cuatro meses de embarazo cuando fue detenida en un departamento del sur de Quito, con otras nueve personas.
Ellos fueron acusados por el presunto delito de “terrorismo”. En la audiencia, el juez pidió la prisión preventiva de todos, excepto para Tapia, por su condición de gestante.
Se calcula que al año existen unas 100 personas a las que se les da esta disposición en el país. El Ministerio de Justicia dice que eso representa un pago anual de USD 21 840 por cada persona encerrada en casa. Ese monto cubre los salarios de los dos agentes que los custodian.
Hasta el 2014 había más de 22 000 presos en las cárceles.
Ahora se analiza usar un brazalete electrónico que monitoree la ubicación de los procesados de delitos menores y así reducir la población carcelaria. El sistema costaría unos USD 18 millones en los primeros tres años de operaciones.
Pero el beneficio del arresto domiciliario no solo es para las mujeres embarazadas. El COIP también enumera dos condiciones más. Una de ellas es si la persona supera los 65 años.
El presidente y el secretario de la Federación de Fútbol, Luis Chiriboga y Francisco Acosta, cumplen con esa disposición legal por su edad. Hoy son nueve días de encierro en sus respectivas residencias. En los dos casos se conoce que están vigilados por un agente cada ocho horas. El número de gendarmes puede variar según el riesgo de fuga, pero por lo general se utilizan dos uniformados.
Así lo explica Víctor Herrera, jefe de los policías que vigilan a Chiriboga. La situación de Tapia fue distinta. Allí, a más del agente que estaba en el departamento, una patrulla con dos policías la custodiaba afuera.
AJuan lo custodiaron dos policías. Él tenía 45 años cuando fue procesado por estafa. En su caso el juez dispuso el arresto en su domicilio porque tenía cáncer terminal. Esta es la tercera causa por la que se puede ordenar esta medida. Él murió hace un año, mientras seguía detenido en su vivienda.
Iván Merchán es juez penal de Pichincha. Él explica que el arresto domiciliario es una disposición de carácter preventivo y se aplica en cualquier delito. Además, el jurista explica que en el caso de comprobarse la culpabilidad de la persona, esta podría dejar la vivienda e ir a un centro de rehabilitación, sin importar si son adultos mayores. “La pena la podrían cumplir en centros de acogida”.
Lo no autorizado
Salir. En caso de que la casa esté dentro de un conjunto, la persona no podrá usar espacios verdes ni de recreación.
Coimar. El intento de soborno se considera razón suficiente para revocar el arresto en casa.
Lo permitido
Comunicación. Las personas pueden hablar por teléfono. El uso de redes sociales e internet no tiene restricción.
Visitas. Quienes quieran ingresar a la casa del procesado deben entregar sus datos al policía.