Álvaro Román es docente de Derecho Penal en la Universidad Central y en la Andina. Foto: El Comercio
El Código Penal Integral (COIP) comenzó a regir en el país y allí se establecen sanciones, por ejemplo, por maltratar a los animales o por pintar paredes.
¿Es un Código que encaja en una sociedad como esta que tiene más leyes, pero que no las cumple?
Yo me pregunto: ¿el Código Integral Penal responde a las necesidades de esta sociedad? Yo entendería que trata de responder. Digo trata porque toda ley debe regular conductas. Si se sanciona esto de grafitis o el maltrato de animales parte de una lógica de la sociedad.
También se sanciona la rotura de sellos, la revelación de secretos, el engaño a los consumidores…
Eso ya estaba en el Código.
Por eso precisamente digo que ya existen normas, pero que no se cumplen…
Eso no es culpa de la ley, sino de los operadores de justicia. Entonces, lo que nos interesa es que la ley no quede en el papel. Y quien tiene que hacerla operativa es el fiscal.
¿Y cuál es el papel de los ciudadanos? Se pide que usen el paso cebra y no lo hacen. Se pide que no pinten las paredes y estas amanecen llenas de pintura. ¿Se puede cambiar esas actitudes de la gente con leyes?
Es que ese es el diseño de la política de prevención del delito. Esto no solo es cuestión de acción y reacción, sino de prevención. Hay que trabajar en la familia, en las universidades.
¿Entonces no era mejor que primero cumplamos las normas existentes para luego pasar a un Código Integral como este?
Lo que pasa es que en el Código que ya perdió vigencia había el delito de la vagancia, por ejemplo. Eso respondía a viejas escuelas del derecho penal. Ahora medio que se ha modernizado la teoría y responde a la nueva construcción social. No podemos estar aislados de la producción intelectual, peor con las particularidades que tiene nuestra sociedad.
¿Es correcto que se hayan eliminado esos delitos?
Creo que es acertado, porque respondía a una cuestión moral. Si las normas no responden a las necesidades sociales no va a ser cumplida jamás.
Con todos los ejemplos que se han citado, ¿el Código Integral es punitivo?
Para mí sí. Responde a esta política de seguridad ciudadana. Yo no creo que sea bueno eso, porque el aumento de penas se ha demostrado que no es una forma para prevenir el delito. Ejemplo: personas que han matado o que han traficado vuelven al tráfico.
Sin embargo, en el tema de drogas se reducen las penas.
El diseño de las políticas es dar más importancia al ser humano.
Pero yo no sé en qué parte los legisladores dieron esa proporción de penas ni cómo la establecieron. Habría que preguntar a los legisladores el por qué redujeron las sentencias en ciertos delitos cuando se entiende que se está protegiendo al ser humano.
¿En drogas se debió mantener la pena vigente de hasta 16 años (se redujo hasta 13)?
En estos temas, el Código le da una herramienta al fiscal para que le dé más penas por concurrencia de delitos. Por ejemplo, si cometen dos delitos independientes y autónomos la sanción puede llegar hasta 26 años. Entonces, no es que solo baja la pena, sino que hay mecanismos para poner sentencias de 26 a 40 años. Se rebajaron las penas, pero los mecanismos de intensificación son los que se van a activar.
Pero en la práctica se rebajan las penas por temas de las drogas y establecen prisión por cosas menores.
Son dos cosas diferentes.
¿A partir de hoy qué cosas deberían complementarse para que funcione el Código?
Una crítica que hago al Código es que es punitivo en el sentido de intensificar las penas. ¿Cuál es el complemento? Poner políticas de equidad.
¿Cuál es el riesgo de tener una norma punitiva?
Con las penas que tenemos las cárceles se van a llenar y con los procedimientos jurídicos que vamos a tener vamos a llenar las cárceles.
¿Por qué?
Porque en la parte procesal, el Código va a romper y violar derechos de los ciudadanos.
Deme un ejemplo…
Hay una figura incluida que se llama procedimiento directo y en 10 días ya se tiene audiencia de juzgamiento.
¿Eso no es agilitar los procesos judiciales?
No, no. Y el derecho a la defensa ¿en dónde queda?
Está dentro del proceso…
¿En 10 días usted puede armar una defensa? ¿Por qué se crea el proceso con garantías? Porque el ser humano para ser llevado a la cárcel debe tener garantías y el garantismo es la ley del más débil. Solo sacar un documento público lleva más de 10 días. Es decir, esto va a ser una fábrica de sentencias. Lo meto al detenido en flagrancia y en 10 días ya tengo sentencia y se es reincidente le voy aumentando las penas.
¿Con esto qué esperamos en un futuro cercano?
Llenar las cárceles.
¿Cómo interpretar esto?
Creo que es una falla por el afán estadístico de no tener presos sin sentencia. Se quiere demostrar que el sistema y la reforma judicial están funcionando y no es así, porque se estarían violando derechos.
Desde hoy, ¿qué tipo de ley penal vamos a tener?
El rato en que se ponga en vigencia vamos a ver más fallas o virtudes. Tenemos que dejar que se aplique.
En tránsito se determinan sanciones por circular con llantas lisas y se incluyen tres niveles para castigar a los conductores ebrios…
En el tema de las llantas es contravención y está bien.
Pero vuelvo a la pregunta inicial. La gente no respeta la ley. Igual maneja en estado etílico o con llantas lisas
Vimos que las sanciones en la Ley de Tránsito no disminuyó la ebriedad. Entonces, las normas por sí solas no cambian las conductas de las personas.