La legisladora Betty Carrillo se manifestó en contra de las peleas de gallos. Foto referencial: Wikicommons
Una de las prohibiciones que generó más debate tanto dentro como fuera de la Asamblea fue el numeral 6 del artículo 146 del recientemente aprobado Código Orgánico del Ambiente (COA). El texto establecía una prohibición para involucrar o intentar involucrar a un animal en combates o peleas entre animales y establecía una salvedad para las corridas de toros, peleas de gallos, rodeos montuvios y toros de pueblo.
Con la mirada atenta en el legislativo, organizaciones de bienestar animal, fundaciones, rescatistas y defensores de los derechos de los animales se plantaron en la Asamblea para pedir que se elimine esa excepción, pues consideran que la protección debe incluir a todos los animales.
La asambleísta Soledad Buendía pidió, durante el debate del segundo libro, que se respete la voluntad popular de la Consulta realizada en mayo del 2011 con respecto a los espectáculos que tengan como finalidad dar muerte al animal.
La legisladora Betty Carrillo también se manifestó con respecto a las peleas de gallos. “Cómo es posible que vayamos a un espectáculo donde tengamos que pagar dinero, en donde apostamos y donde los gallos se matan. Y eso lo llamamos un deporte. Eso se llama tortura”, puntualizó.
“En toda Latinoamérica existen muchas tradiciones ancestrales y Ecuador no es la excepción”, respondió Marcela Arregui (AP), quien defendió estos eventos con el respaldo de asociaciones provinciales y cantonales de galleros que la apoyaban desde las barras altas del pleno. Pidió que se mantenga esta salvedad y que además se elimine la prohibición de ingreso de menores de edad a estos espectáculos. “Es una diversión familiar que nosotros acostumbramos en todo el país”, argumentó.
El presidente de la Comisión de Biodiversidad y ponente del COA, Carlos Viteri Gualinga, anunció durante la sesión de este martes 20 de diciembre los cambios al texto del segundo informe. En el segundo libro se hicieron cuatro modificaciones fundamentales.
La norma prohíbe la cacería deportiva y pone fin al tratamiento de animales como cosas con una disposición reformatoria al Código Civil. También “ratifica de forma íntegra el mandato popular de la Consulta Popular del 2011 sobre los espectáculos públicos con animales y reafirmando que la regulación final corresponde a los Municipios de cada territorio”, dijo el presidente de la Comisión de Biodiversidad durante su intervención. Sin embargo, aclaró que no se prohíben este tipo de espectáculos.
Además establece la obligatoriedad de regulación de los GAD a las peleas de gallos, rodeos montuvios y toros de pueblo. Al respecto, el artículo 148 establece que: “los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales o Metropolitanos prohibirán las corridas de toros cuya finalidad sea dar muerte al animal en los cantones en los que la ciudadanía se pronunció en ese sentido en la consulta popular del 7 de mayo de 2011. Los demás espectáculos públicos con animales serán regulados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales o Metropolitanos en el ámbito de sus competencias”.
La abogada Inti Alvarado Romero, representante del Colectivo LOBA, dijo que el COA significa un avance en materia de derechos de la naturaleza, pero que “sí tenemos una preocupación puntual con respecto a las corridas de toros y peleas de gallos”, asegura. “No quedarían prohibidas, donde gano el sí (en la Consulta Popular de 2011), aquellas corridas de toros en que el animal muriera al final del espectáculo como sucede en el Distrito Metropolitano de Quito”, puntualizó.
Pedro Bermeo, de la organización Libera Ecuador, dijo que el movimiento animalista del país se reunirá para analizar los textos finales y establecer cuál será su siguiente paso. “En lo que se refiere a las corridas de toros estamos retrocediendo en lugar de avanzar”, aseguró.