¿Usted alquila una propiedad para hospedaje? Conozca cómo regularizar

Una vez publicado el Reglamento; se tienen tres meses de plazo para cumplir. Foto: Juan Carlos Pérez para EL COMERCIO

Una vez publicado el Reglamento; se tienen tres meses de plazo para cumplir. Foto: Juan Carlos Pérez para EL COMERCIO

Una vez publicado el Reglamento; se tienen tres meses de plazo para cumplir. Foto: Juan Carlos Pérez para EL COMERCIO

Mediante aplicaciones y plataformas virtuales, Marcelo Salazar colocó a disposición de los turistas su departamento ubicado en la playa de Bahía de Caráquez, desde hace cinco años. Él vive en Quito y dice que hasta el momento, no ha tenido ningún inconveniente con el arriendo del inmueble.

Para hacerlo, los viajeros se contactan con él telefónicamente, le depositan en su cuenta bancaria el valor acordado, que oscila entre USD 20-30 la noche, dependiendo del número de personas, y el portero del condominio en Bahía es el encargado de entregar la llave a los huéspedes.

Al enterarse que el Ministerio de Turismo busca regular el hospedaje informal, le surgen dudas sobre la fluidez y rapidez de este proceso, ya que afirma que la mayoría de personas que alquilan su casa, trabaja lejos o viven fuera del país, como es su caso.

La ministra de Turismo, Rosi Prado de Holguín, califica al Reglamento de Alojamiento en Inmuebles para Uso Turístico, que entrará en vigencia luego de 90 días de que se publique en el Registro Oficial, como un proceso “seguro y amigable”. Las personas que se dedican a este tipo de actividades contarán con una herramienta en la web del Ministerio de Turismo (MinTur) que los guiará paso a paso.

Las aplicaciones en las que se promocionan los inmuebles no se regularán. Foto: Armando Prado/ EL COMERCIO

Como primer punto, se debe contar con la Licencia Anual Única de Funcionamiento (LUAF), otorgada por el Gobierno Autónomo Descentralizado de cada ciudad.

Esta se consigue con el original del pago de la Patente Municipal, copia del RUC, copia de cédula y papeleta de votación del representante legal, un certificado de uso del suelo y el Registro de Turismo.

Para obtener este último documento hay que registrarse en la página del MinTur y esperar la visita de un inspector, que evaluará el inmueble en un plazo máximo de 30 días.

Tras esto, se pasa al pago del 1 x 1000 del costo del inmueble, contribución anual establecida en la Ley de Turismo.

Una vez que el propietario o representante cuente con estos documentos, debe ingresar a la herramienta digital, que estará disponible el mismo día que el Reglamento se publique en el Registro Oficial, para completar la información que solicita el sistema.

El último paso es esperar la inspección de verificación y control de los inmuebles registrados. En caso de incumplimiento de los requisitos o la entrega de información errónea, el propietario recibirá una sanción, que varía entre los USD 1 000 y 5 000, contemplada por la Ley de Turismo.

La Ministra afirma que quienes no logren cumplir el proceso en los 90 días de plazo, una vez publicado el Reglamento, pueden ampliar el tiempo del proceso.

La idea de contar con esta normativa, explica Prado, es que no exista competencia desleal y que se cumpla con el pago de los impuestos correspondientes. Además, precautelar la seguridad del turista y reducir la informalidad en estos establecimientos de hospedaje en el país.

La normativa, que consta de 17 artículos, aplicará para propietarios, arrendatarios y administradores del inmueble y, además, para comercializadores, intermediarios y a quienes, por cualquier medio, promocionen, difundan o vendan ofertas de hospedaje a viajeros nacionales y extranjeros.

No se regularán plataformas como Airbnb o Facebook Market Place, sino a quienes brinden estos servicios. En ese sentido, si usted posee un departamento y lo promociona a través de un periódico o red social, deberá obtener antes los permisos del MinTur.

Entre las prohibiciones del Reglamento se menciona que no se puede ofrecer servicio de alojamiento en una parte del inmueble o contar con habitaciones compartidas. Se señala, además, que los arrendatarios deben respetar la capacidad máxima del inmueble.

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