Este 21 de diciembre del 2017 se desarrolló la audiencia en la Corte Nacional de Justicia, en la que se trató el pedido de suspensión condicional de la pena de Jorge Glas por el caso Odebrecht. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO
El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó la suspensión condicional de la pena al vicepresidente Jorge Glas y por tanto continuará en la Cárcel 4 de Quito. El fallo se dio este jueves 21 de diciembre del 2017, luego de una audiencia desarrollada en el primer piso de la CNJ, en el norte de Quito.
Jorge Glas dijo que “intentan tomarse la Vicepresidencia de la República”, por ello pidió que se suspenda el cumplimiento de la pena de 6 años y que en su lugar se fijen otras medidas. Los jueces negaron el pedido dado que la sentencia no es una medida cautelar.
Glas acudió con su abogado, Eduardo Franco Loor. También estuvieron presentes el fiscal general Carlos Baca; y el acusador particular César Montúfar.
Los jueces Édgar Flores Mier, Sylvia Sánchez y Richard Villagómez negaron el pedido de suspensión condicional de la pena al Jorge Glas, pues consideraron que no cumple los requisitos del Código Integral Penal. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO
Franco solicitó que el Vicepresidente cumpla su sentencia fuera de la cárcel, a cambio de la prohibición de la salida del país, bajo el principio de favorabilidad.
Este recurso permite a los jueces aplicar la sanción menos dura cuando hay dos normas que contemplan penas distintas por el mismo delito (art. 5 del Código Integral Penal).
Según Franco, a Glas se lo condenó a seis años por asociación ilícita, con el Código Penal que regía antes del 2014. Sin embargo, la legislación actual fija un castigo de 5 años por este delito. Bajo este contexto, el abogado consideró que aplica el principio de favorabilidad y Glas debe salir de la cárcel.
El fiscal Baca lo cuestionó y pidió a los jueces que no den paso al recurso. Además advirtió que la suspensión condicional de la pena solamente aplica en los delitos menores a cinco años.
El fiscal General del Estado, Carlos Baca Mancheno cuestionó el pedido de la defensa de Glas y dijo al Tribunal de la CNJ que la suspensión condicional de la pena solamente aplica en los delitos menores a cinco años. Foto: Patricio Terán/ EL COMERCIO
Tras 20 minutos de deliberación, los jueces Édgar Flores Mier, Sylvia Sánchez y Richard Villagómez negaron el pedido aduciendo que no procede pues no cumple los requisitos del Código Integral Penal.
Gustavo Massuh, otro procesado por asociación ilícita, también asistió a la Corte para pedir la suspensión condicional de la pena, pero en la audiencia desistió y no solicitó el recurso.