La Comisión de Salud el 3 de octubre del 2018 durante la lectura, discusión y votación del articulado del texto unificado del Proyecto de Código Orgánico de Salud, para Informe de Segundo Debate. Foto: Flickr / Asamblea
El tema tendrá que ser definido por el Pleno de la Asamblea Nacional. La Comisión de Salud, a cargo de preparar el informe para segundo debate del Código de Salud, aprobó ya el texto del Libro II de esa norma, en el que se habla del uso medicinal de la marihuana o cannabis.
En el primer debate de esa norma ya se habló del uso terapéutico y medicinal de esa planta. Así como de la siembra, cultivo, cosecha, industrialización, almacenamiento y dispensación. Pero toda la responsabilidad del control de esas actividades recaía en el Ministerio de Salud (MSP).
Para el segundo y definitivo debate, en cambio, se estableció que este control se realizará de manera coordinada entre la Agencia Nacional de Regulación Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (Agrocalidad), Ministerio del Interior, Ministerio de Salud, Ministerio de Ambiente, GADs cantonales y Ministerio de Defensa.
El Ministerio de Salud, por ejemplo, se encargará de otorgar las licencias, que durarán cinco años. Se entregarán exclusivamente a personas jurídicas, cooperativas y asociaciones dedicadas a la producción de medicamentos o productos naturales procesados de uso medicinal.
Estas entidades deberán presentar un proyecto de producción que contenga las especificaciones de: lugar de producción, tipo de semilla y cepa que no deberán contener porcentajes superiores al 1% tetrahidrocanabinol (THC), tecnología a usar, cantidad de plantas a utilizarse, productos a ser obtenidos, descripción de la línea de producción, entre otras.
Además, deberán contar con un protocolo de seguridad y control externo e interno que será aprobado por el Ministerio del Interior. También un plan de tratamiento de desechos aprobado por el Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales (GADs) y el Ministerio de Ambiente.
Las entidades que obtengan estas licencias deberán declarar y demostrar la licitud del origen de los fondos para la ejecución del proyecto, cumpliendo ésta y demás normas aplicables para la prevención de lavado de activos.
Sebastián Palacios (SUMA), integrante de la Comisión, aclaró que no se debe confundir esta regulación con una legalización del uso recreativo de la marihuana. Ya que es el Código Penal el que prohíbe y sanciona ese uso y ese texto no se reformará.
Aunque en la sesión del miércoles, 3 de octubre del 2018, la Comisión aprobó este informe por unanimidad. Con ocho votos de los asambleístas presentes. En la Mesa hay oposición. La socialcristiana Poly Ugarte considera un desacierto por las faltas de estudios.
Añade que ya se cometió un error aprobando una tabla de consumo de drogas, que desencadenó en un mayor consumo de los jóvenes. Y ahora se pretende legalizar la siembra, cuando el Estado no ha garantizado un control de las fronteras.
Desde el artículo 340 del proyecto se habla del uso terapéutico del cannabis y derivados. En ese apartado se establece que el MSP determinará las enfermedades o condiciones médicas que podrán ser tratadas con medicamentos y productos naturales procesados de uso medicinal que contengan derivados del cannabis.
También regulará las concentraciones de esa sustancia en los mismos y la cantidad permitida en cada prescripción. Así como la temporalidad de la duración de dicha prescripción. Además, se prohíbe la promoción, publicidad y patrocinio de medicamentos y productos naturales procesados de uso medicinal que contengan cannabis.
La Comisión ya aprobó los informes para segundo debate del Libro I y el Libro II del Código de Salud. Le resta el tercer libro y las disposiciones transitorias, reformatorias y derogatorias. Se espera que el proyecto pase al Pleno a mediados de noviembre. En caso de que se apruebe, deberá ser analizado por el presidente Lenín Moreno para su publicación y vigencia.