Fórmula del Ministerio de Trabajo con nueve factores definirá el salario básico unificado de cada año

Imagen referencial. La inflación, productividad laboral e, incluso, la informalidad son algunas variables que se toman en cuenta en la fórmula para definir el salario básico unificado de cada año. Foto: pikrepo.

Imagen referencial. La inflación, productividad laboral e, incluso, la informalidad son algunas variables que se toman en cuenta en la fórmula para definir el salario básico unificado de cada año. Foto: pikrepo.

Imagen referencial. La inflación, productividad laboral e, incluso, la informalidad son algunas variables que se toman en cuenta en la fórmula para definir el salario básico unificado de cada año. Foto: pikrepo.

El Ministerio de Trabajo creó una fórmula para calcular el salario básico unificado (SBU). Se aplicará en caso de que empleadores y trabajadores no logren un consenso en el seno del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS), y quede en manos de la Cartera de Estado decidir qué salario regirá el próximo año.

Para el efecto se expidió el acuerdo ministerial 185, el pasado 17 de septiembre, firmado por el ministro de Trabajo, Andrés Isch, y que se conoció ayer 12 de octubre del 2020. El mecanismo fue iniciativa del Ministerio y no fue puesto a consideración del Consejo, según señalaron a este Diario representantes de empleadores y trabajadores.

La fórmula contiene nueve variables que incluyen el índice de precios del consumidor (IPC) -tasa de inflación-, y nuevos elementos como el factor de productividad laboral, y elasticidad del empleo y la informalidad. Los indicadores de cada variable serán establecidos por distintas entidades; entre ellas, el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

Antes del acuerdo 185, cuando el Ministerio debía resolver el valor del salario, lo hacía conforme a lo que estipula el Código del Trabajo: que los salarios se fijan con un porcentaje de incremento equivalente a la inflación proyectada, y -en algunas ocasiones- incluso tomó en cuenta factores como el índice de productividad o la proyección del crecimiento de la economía del país.

Nathaly Pernett, subsecretaria de políticas y normas del Ministerio de Trabajo, explicó que la intención del mecanismo planteado es proporcionar una herramienta que evite cualquier tipo de discrecionalidad cuando la autoridad deba fijar la remuneración.

Al añadir nuevos indicadores se pueden medir todos los componentes que permiten pagar y percibir un salario, apuntó. “Si tenemos solo la inflación no vamos a tener una fijación salarial correcta, que vaya acorde con la realidad que está viviendo el país”.

La normativa dispone que en ningún caso se fijará un salario básico inferior al del período vigente. Es decir, este año no podrá ser menor a USD 400. Tampoco podrá bajar aun cuando la proyección de la inflación o el resultado de la fórmula sean negativos.

Según el acuerdo, el Consejo tiene hasta el 20 de noviembre de cada año para tratar la fijación del salario. Antes de esa fecha, el ente establecerá el procedimiento y la metodología para la discusión entre empleadores y trabajadores. Las partes pueden también acogerse a la fórmula del Ministerio, aunque no es obligatorio.

En años anteriores, los diálogos para determinar el salario se desarrollaban en diciembre. En 2019 no hubo consenso y la Cartera de Estado lo definió.
Desde el 2010 hasta la actualidad el SBU escaló de USD 240 a 400, es uno de los más altos de la región.

Gremios de empleadores y trabajadores consultados concuerdan en que la iniciativa de la fórmula es positiva, pero difieren en cuanto a su contenido y alcance. Además, critican que el Ministerio no haya difundido su propuesta antes de emitir el acuerdo.

Para la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Federación de Trabajadores Públicos y Privados (FTPP), al cálculo le falta una variable que mida el poder adquisitivo real de un empleado que gana el básico. Así se podrá tener una idea más concreta del costo para las empresas y el impacto para el trabajador.

Richard Gómez, titular de la CUT, cuestiona que se haga una suerte de modificación al Código del Trabajo sin pasar por una reforma. El sindicato prepara sus propuestas para la próxima reunión del Consejo, cuya fecha aún no se define. Para el dirigente, dada la coyuntura del país hay que pensar con “pinzas” si procede un incremento salarial.

A ello, Cristóbal Buendía, procurador de la FTPP, añadió que el procedimiento debe garantizar que el trabajador pueda satisfacer sus necesidades básicas a partir de su salario.

Desde la perspectiva de los empleadores, una limitante es que no se pueda reducir el salario cuando los resultados de la inflación o de la fórmula sean negativos, ya que esto no empataría con el rendimiento de la productividad y de las empresas, especialmente, cuando existe crisis económica.

David López, jefe técnico de la Cámara de Comercio de Quito (CCQ), y Rodrigo Gómez de la Torre, presidente de la Cámara de Agricultura, sostienen que no se puede continuar con un sistema laboral rígido, cuando las dinámicas de la economía son adversas.

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