Con 123 votos a favor, el Pleno virtual de la Asamblea Nacional aprobó las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. Foto: Tomada de Twitter @AsambleaEcuador
Durante una sesión virtual, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó con 123 votos a favor las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial. Hubo siete legisladores que se abstuvieron de votar.
La decisión se tomó la noche de ayer, 5 de octubre del 2020.
El texto contiene 65 artículos, dos disposiciones generales, 16 disposiciones transitorias y cinco disposiciones reformatorias.
Entre los principales aspectos de la ley está: la incorporación de jueces y Tribunales especializados en delitos de corrupción y crimen organizado.
Además se estableció que el Consejo de la Judicatura deberá evaluar cada tres años a los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia.
Lo mismo ocurrirá con los demás funcionarios judiciales.
La reforma menciona que en el caso de los servidores judiciales la valoración será “objetiva, individual y periódica de su rendimiento”.
Además quienes no alcancen los mínimos requeridos serán evaluadas nuevamente en tres meses. “En caso de mantenerse una calificación deficiente, serán removidos”.
Las reformas incluyeron la posibilidad de enjuiciar al Estado por una inadecuada administración de justicia, error judicial o un retardo injustificado de los casos.
El perjudicado presentará una demanda ante un Tribunal Contencioso-Administrativo para solicitar “una indemnización y una reparación del daño moral”.
En esta ley se incluye también el fallo de la Corte Constitucional, en el que se establece que la Judicatura podrá iniciar una acción disciplinaria por error inexcusable, dolo o negligencia en contra de un funcionario judicial, si previamente un juez superior al investigado determina la existencia de esas infracciones.
También hubo cambios en cuanto al trabajo de los notarios.
Hasta hoy, quienes eran reelegidos sí podían volver a concursar. Pero con las reformas no podrán hacerlo.
Ahora este paquete de reformas debe ser analizado por el presidente Lenín Moreno.
Tiene un mes para hacerlo. Si el Primer Mandatario no encuentre objeciones, el documento pasará al Registro Oficial.
Si lo veta parcialmente, la Asamblea deberá tramitarlas en 30 días, también puede vetar totalmente el proyecto.