Ayer, 4 de diciembre del 2020, hubo poco movimiento en las oficinas de Migración, en Quito. Foto: Julio Estrella / EL COMERCIO
Las nuevas causales para la deportación y su procedimiento acaparan la atención de la reforma a la Ley de Movilidad Humana. El defensor del Pueblo, Freddy Carrión, y organizaciones de venezolanos piden al Ejecutivo el veto parcial al proyecto aprobado por la Asamblea.
Entre los cambios más relevantes consta que la deportación será un trámite administrativo de las autoridades migratorias, antes que pasar por la instancia judicial.
La aprobación de este instrumento era una de las urgencias del Ejecutivo como parte de la estrategia de seguridad ciudadana. Ahora, el presidente Lenín Moreno tiene 30 días para presentar sus observaciones o enviar el texto al Registro Oficial.
“Lo que nosotros de aquí en adelante haremos es generar todos los procesos y protocolos que nos permitan aplicar la ley, si se ratifica lo que ha planteado el Legislativo”, señaló ayer, 4 de diciembre del 2020, el ministro de Gobierno, Patricio Pazmiño, a la prensa.
Datos oficiales refieren que entre 2018 y 2019 no hubo deportaciones, con la aplicación de la actual Ley de Movilidad. El exsubsecretario de Relaciones Exteriores, Carlos Estarellas dice que el proceso judicial es “demasiado largo”, a diferencia del administrativo que se emplea en EE.UU. y Europa.
Sin embargo, el Defensor del Pueblo sostiene que hay “una gran diferencia” entre el trámite administrativo y el judicial. “Yo lo que veo es que obviamente se deja abierta la posibilidad de que queda a criterio de las autoridades el hecho de deportar o no e inclusive regularizar su situación en el país”, dijo.
Además, para el defensor del Pueblo, Freddy Carrión, y para Daniel Regalado, de la Asociación Civil de Venezolanos, el texto contiene términos “muy ambiguos” o “subjetivos” como incluir entre los nueve motivos para la expulsión de extranjeros “alterar el orden público o poner en riesgo la tranquilidad y la paz ciudadana”.
“¿Eso significa que si a mí me ataca un ecuatoriano, entonces me toca dar la otra mejilla porque no me puedo defender?”, se preguntó.
Otra de las causales alude a la deportación del extranjero que “sea considerado una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura de Estado”, aunque durante el debate no se lograron consensos entre los legisladores.
“Resulta imposible definir este concepto porque el mismo depende de un sinfín de circunstancias y condiciones de momento, entre ellas, las posiciones asumidas en ejercicio de la política exterior, como otras circunstancias imprevisibles, como ocurre actualmente con el covid-19”, aseguró el presidente de la Comisión de Relaciones Internacionales, Fernando Flores (Creo), al dejar el tema en manos del Ejecutivo.
Las otras causales son: haber cometido delitos penados con prisión de 3 a 5 años, ingresar por lugares no autorizados, presentar documentación fraudulenta, no regularizarse a tiempo, la reincidencia en faltas migratorias o la revocatoria de la visa. Andrew Castro, representante de una asociación de venezolanos en Guayaquil, dice que muchos no han podido regularizarse por falta de documentos.
La aprobación del texto, que se dio después de dos años en trámite y a menos de dos semanas de la vacancia legislativa, coincidió con la visibilización de actos delictivos recientes en los que han participado extranjeros. Aunque las autoridades refieren que de los 39 000 presos en Ecuador, solo 3 512 son ciudadanos de otros países.
En contexto
Después de menos de tres años de vigencia, la Ley de Movilidad Humana será reformada en un 80%. El Ejecutivo tiene 30 días para presentar sus observaciones. La Asamblea Nacional podría allanarse y enviar el texto al Registro Oficial.