El proyecto plantea la creación de un cuerpo civil que investigará delitos penales. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El proyecto del Ejecutivo llegó a la Asamblea Nacional justo un año después del 30-S. En la exposición de motivos, el presidente Rafael Correa señalaba que el ‘modelo policial militarizado está agotado’ y que debía ‘fortalecerse mediante una profunda reestructuración’. Así surgió el denominado Código de Entidades de Seguridad Ciudadana.
Seis años después, este cuerpo legal está a punto de ser aprobado en el Legislativo de Ecuador. Este lunes 8 de mayo del 2017, la Comisión de Seguridad, donde se analiza el texto, tiene previsto concluir el informe previo al segundo y definitivo debate en el Pleno del Parlamento.
El Código, que ha recibido cuestionamientos a lo largo de estos seis años, agrupa cuatro libros. El primero, referente a la Policía Nacional, plantea una institución de carácter civil, profesional, prioritariamente preventiva y con intervención disuasiva y reactiva. Es decir, una Policía más cercana a los barrios.
Para el Ejecutivo, en la actualidad la institución policial ha tenido problemas para hacer frente a las nuevas formas de los delitos internacionales como el narcotráfico, la trata de personas, el crimen organizado, e incluso el delito convencional.
Por eso propone la creación de un cuerpo civil que se encargue de tareas que actualmente ejecuta la Policía Judicial.Precisamente, el segundo libro del Código habla de este cuerpo. El denominado Servicio Civil de la Investigación de la Infracción se especializará en rastrear los delitos y sus responsables.
“Con este Servicio se propone la respuesta idónea del Estado para que se esclarezcan los actos delictivos, se señale con certeza a sus participantes y de esta manera se colabore con la justicia y se evite la impunidad”, señala el texto enviado por Correa.
En el tercer libro del Código se menciona, en cambio, al llamado Servicio de Protección Público, una entidad civil que protegerá a las autoridades del país. Este libro es el que más polémica ha generado, debido a que se sugería que sea un grupo armado.
Sin embargo, frente a los cuestionamientos de la oposición se eliminó esa palabra. Y ahora se señala que será una entidad “de carácter civil, especializada, profesional, técnica y jerarquizada”.
La idea del Servicio Público de Protección es que militares y policías se dediquen a sus tareas exclusivas.
“En estos momentos al Presidente lo protegen las Fuerzas Armadas y algunas veces hay equipos mixtos con la Policía. Nuestros soldados no están preparados para eso”, dijo el Jefe de Estado hace una semana. Y añadió que “se rompe con su formación; salen muchas veces de sus misiones fundamentales, pasan años viajando con el Presidente, pero están preparados para otras cosas”.
Finalmente está el cuarto libro. Ese texto llegó el 4 de abril del 2014, pero se decidió incorporarlo al Código.
Aquí se plantea normar las competencias, estructura jerárquica, grados, carrera, ingreso, formación, ascensos y sanciones de entidades complementarias de seguridad. Entre estas la de vigilancia aduanera, penitenciaria, la Comisión de Tránsito, bomberos, agentes civiles, etc.
Este texto también recibió críticas. Inicialmente se propuso el traspaso voluntario de militares a estos cuerpos de seguridad, pero eso ya no consta en el proyecto.
Los 8 puntos claves en el Código
1. La estructura militar se mantiene. A pesar de que el Ejecutivo advertía que el modelo policial militarizado está agotado, el proyecto no modifica la estructura jerárquica de la Policía. Es decir, los grados en la institución seguirán tal como están en la actualidad: general, coronel, mayor, capitán, teniente, etc.
2. El Presidente, su máxima autoridad. En el proyecto se deja claro que el Jefe de Estado es la máxima autoridad en la Policía Nacional, y que esta es obediente y no deliberante. Al Mandatario le corresponde designar al comandante y determinar objetivos y políticas de la seguridad ciudadana.
3. La seguridad interna, su principal misión. La seguridad ciudadana, la protección interna, el mantenimiento del orden público son las tareas principales de la Policía. Todo ese trabajo se ejecutará bajo respeto y protección de los derechos humanos, según el proyecto.
4. La indagación de delito, en manos de civiles y policías. Un grupo de civiles se integrará al Servicio Especializado Integral de Investigación en Medicina Legal y Ciencias Forenses. Estará conformado por policías y civiles. Inicialmente estaba previsto un Comisionado de Investigación al frente del Servicio Civil de la Investigación de la Infracción; designado por el Ministerio del Interior.
5. Civiles a cargo de la Protección del Presidente. El Servicio Público de Protección se encargará de ‘prevenir y neutralizar’ posibles atentados en contra del Presidente y otras autoridades de las funciones del Estado. Entre esas está la Asamblea, Corte Nacional de Justicia, etc.
6. Policía y militares pueden prestar apoyo. En el proyecto se señala que el Servicio Público de Protección podrá pedir apoyo a la Policía y a las FF.AA. de ser necesario. Esto ha sido cuestionado por soldados en servicio pasivo. Ellos aducen que los uniformados no pueden estar bajo el mando de una agrupación civil.
7. Personal cualificado. El texto advierte que quienes integran el Servicio Público de Protección deben contar con título de tercer nivel y serán altamente especializados en la protección de dignidades públicas. Para ingresar deberán aprobar un curso de formación, que aún no está definido.
8. Cuerpos de vigilancia, con una misma norma. De aprobarse el Código, entes como los Bomberos, Aduanas, Tránsito o guías penitenciarios contarán con una sola ley que los regule. De esta forma se quiere ordenar bajo un solo texto a estos cuerpos, cuya competencia es la vigilancia.