Un nuevo protocolo rige para que los ecuatorianos y extranjeros residentes que retornen al país; se permitirá el aislamiento preventivo obligatorio en los domicilios. Foto: Twitter Cancillería de Ecuador
Los niños ecuatorianos y extranjeros residentes que retornen a Ecuador podrán ir, junto con sus acompañantes, directo del aeropuerto a sus hogares para cumplir con el Aislamiento Preventivo Obligatorio (APO) en el estado de excepción por el covid-19.
La medida consta en el nuevo protocolo para el ingreso al país presentado por la Cancillería el miércoles 13 de mayo del 2020. Allí se establece que las personas de cinco grupos de atención prioritaria ya no estarán obligadas a realizar el APO en hoteles, como hasta ahora.
“Conforme lo dispone el Protocolo, los grupos de atención prioritaria que podrán cumplir el APO en sus domicilios, una vez que hayan sido calificados por el consulado respectivo, incluyen a las siguientes personas:
1. Niños, niñas y adolescentes (hasta 18 años), y sus acompañantes.
2. Mujeres embarazadas y sus acompañantes.
3. Personas con discapacidades (con carnet del CONADIS) y sus acompañantes.
4. Personas con enfermedades catastróficas o que requieran atención o cuidados especializados, y sus acompañantes.
5. Personas de la tercera edad (más de 65 años) y sus acompañantes”.
¿Cómo será el APO con los demás viajeros que retornen?
La Cancillería informó que las personas que no formen parte de los referidos grupos prioritarios deberán cumplir los 14 días de APO “en lugares de alojamiento identificados por la autoridad competente, como hoteles o similares, según se ha procedido hasta el momento”.
Sin embargo, el nuevo protocolo establece un flexibilidad de plazo para cumplir parte del aislamiento en el hogar, pero con una condición.
Según el nuevo protocolo, a partir del séptimo día de aislamiento obligatorio en un hotel o sitio similar, las personas podrán solicitar que se les someta a una prueba PCR para covid-19 en uno de los laboratorios acreditados por el Ministerio de Salud Pública (MSP) “a fin de poder realizar el tiempo restante de aislamiento en el domicilio, siempre y cuando se tenga un resultado negativo a covid-19 como fruto de la prueba PCR”.
Con el resultado negativo, el MSP autorizará al repatriado que continúe su aislamiento en su domicilio con “monitoreo por vía telefónica de su estado de salud hasta el cumplimiento de los 14 días del APO”.
“Las personas que cumplan APO en sus domicilios firmarán un compromiso especial de acatamiento de las disposiciones de las autoridades sanitarias al efecto, cuya transgresión generará severas penas en el marco de la ley”, dijo la Cancillería.