El COIP determina que si la reparación de los accidentes sobrepasa los dos salarios básicos, la sanción será de dos salarios básicos y la reducción de seis puntos en la licencia. Foto: Eduardo Terán/ EL COMERCIO.
Las reformas del Código Integral Penal (COIP) propuestas por la Asamblea Nacional fueron aprobadas parcialmente por el Ejecutivo.
El proyecto, que fue enviado por los legisladores el pasado 11 de agosto, fue analizado hoy, 24 de septiembre de 2015.
Los asambleístas acogieron las observaciones del Presidente Correa. Él propone que en los accidentes de tránsito en los que el autor se encuentra bajos los efecto del alcohol y otras drogas le pena sea de 30 y hasta 45 días de cárcel.
En el documento que fue entregado al primer Mandatario, la Asamblea estipulaba una sanción que iba desde 30 a 180 días de prisión a los conductores.
Sin embargo, el Presidente en el documento corregido señaló que esta sanción no era proporcional.
Además, en las observaciones, Correa determina una multa económica que aumentará en un tercio dependiendo del monto del daño.
Actualmente, El COIP determina que si la reparación de los accidentes sobrepasa los dos salarios básicos, la sanción será de dos salarios básicos y la reducción de seis puntos en la licencia. En cambio si los daños son mayores a seis salarios del trabajador, la sanción ascenderá a cuatro salarios más la reducción de nueve puntos. Con las reformas a la ley cada monto se incrementará.
La reforma al COIP también propone dos cambios más a la Ley. Estos son: la prohibición de conciliación en accidentes de tránsito en donde existan personas heridas de gravedad o que quede con discapacidad y la piratería.
Sobre esta última reforma establece que habrá sanciones económicas que comercialice y fabrique a gran escala productos con marcas ya registradas.
Las sanciones van desde USD 19 470 hasta los USD 104 430. Este castigo solo aplicará cuando el valor de los productos confiscados supere los USD 50 268.