La Coordinación Zonal 7 del Ministerio de Relaciones Exteriores realizó la entrega de la primera visa electrónica, en la ciudad de Machala, el pasado lunes 28 de enero del 2019. Foto: Twitter Cancillería
Ecuador ha entregado 1 934 visas electrónicas desde su entrada en vigencia, el 28 de enero, informó el Gobierno este martes 5 de febrero del 2019.
La principal solicitante y beneficiaria fue la comunidad venezolana, con un 50% de documentos validados, seguida por población colombiana, en un 30%, se informó en Quito en una conferencia conjunta entre el canciller ecuatoriano, José Valencia; el viceministro del Interior, Andrés de la Vega, y el subsecretario de la Administración Pública, Óscar Uquillas.
“Ecuador se convierte en el tercer país de América Latina, luego de México y Argentina, en implementar este visado. El Estado se encuentra a la vanguardia de las nuevas tecnologías con la emisión de visado electrónico y documentos de viaje”, manifestó Valencia.
El funcionario resaltó que este mecanismo cumple con todos los requerimientos de seguridad para administrar adecuadamente el flujo migratorio. Además, tiene una serie de ventajas y beneficios que facilitan la obtención de visa al usuario.
Por su parte, el Viceministro del Interior calificó como positiva la puesta en marcha de la visa electrónica, al constituirse en un mecanismo que facilitará la regularización de ciudadanos extranjeros, al tiempo de resaltar que mejorarán los servicios y el control migratorio.
De la Vega comentó que en lo que va de febrero han ingresado a Ecuador 1 274 personas con pasaporte y 1 486 con cédula de identidad, procedentes de Venezuela, lo que representa un 30% menos en relación al flujo que se tenía en los últimos meses.
A partir del 26 de enero pasado, el Gobierno dispuso la exigencia de un certificado de antecedentes penales para los ciudadanos de Venezuela, pero pocos días después, el 1 de febrero pasado, se emitió el Acuerdo Ministerial 002.
Con eso, se dispuso no exigir ese requisito en los siguientes casos: mantener vínculos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad con ecuatorianos que residan en el país; poseer una visa de residencia válida y vigente.
Así mismo, se considera a los ciudadanos venezolanos, de cualquier edad, que utilicen el territorio nacional como ruta de tránsito y acrediten poseer una visa o permiso migratorio del país de destino.
La última salvedad se aplica para casos “excepcionales” determinados por la autoridad de control migratorio competente o a pedido del ente rector de movilidad humana en el país.