Quedan dos feriados al 2017 y se vienen 11 en el 2018

El desfile de los mercados se realiza desde hace más de 15 años y constituye el inicio de las Fiestas quiteñas. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

El desfile de los mercados se realiza desde hace más de 15 años y constituye el inicio de las Fiestas quiteñas. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

El desfile de los mercados se realiza desde hace más de 15 años y constituye el inicio de las Fiestas quiteñas. Foto: Paúl Rivas/EL COMERCIO

Con la Ley de Feriados, aprobada por la Asamblea Nacional en diciembre del 2016, el feriado correspondiente al 6 de diciembre se debía correr al viernes 8 para aprovechar el fin de semana próximo.

Sin embargo, este martes 28, el presidente Lenín Moreno acogió el pedido del alcalde de Quito, Mauricio Rodas, para no alterar la celebración de la Fundación de Quito en su día tradicional. La medida podría modificar los planes de los ciudadanos de la capital, especialmente aquellos que habían planificado viajar.

Inicialmente, con la Ley se contempla que si los feriados se registran los miércoles o jueves, serán movidos al viernes de esa semana. Sin embargo, los capitalinos tendrán solo como día de asueto el próximo 6 de diciembre.

La agenda de Fiestas arrancó el pasado 24 de diciembre y se extenderá hasta el 6. El show de Ana Torroja, un día antes, será uno de los últimos grandes eventos en la ciudad.

Pese a la alteración reciente en la Ley de Feriados, los restantes para este año y el siguiente quedan de la siguiente manera:

2017:

Fiestas de Quito, miércoles 6 de diciembre

Navidad, lunes 25 de diciembre

2018:

Año Nuevo
, lunes 1 de enero

Carnaval, lunes 12 y martes 13 de febrero

Viernes Santo,
viernes 30 de marzo

Día del Trabajo, lunes 30 de abril

Batalla de Pichincha
, viernes 25 mayo

Primer Grito de la Independencia, viernes 10 de agosto

Independencia de Guayaquil, lunes 8 de octubre

Independencia de Cuenca, jueves 1 de noviembre

Día de los Difuntos, viernes 2 de noviembre

Navidad, martes 25 de diciembre

Año Nuevo, lunes 31 de diciembre (Incluye el martes 1 de enero del 2019)

La Ley que regula los feriados da la facultad al Presidente de la República de disponer, mediante decreto, puentes vacacionales o suspender la jornada de trabajo en días que no sean de descanso obligatorio, los cuales sí serán recuperables.

El objetivo de la Ley es apoyar al sector turístico, afectado, sobre todo, en Manabí y Esmeraldas, por el terremoto del 2016.

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