Moreno concede ‘indulto presidencial conmutativo’ a presos con sentencia; el Decreto 1086 tiene excepciones

Cárcel de Latacunga. Foto: EL COMERCIO

Cárcel de Latacunga. Foto: EL COMERCIO

Imagen referencial. El presidente Lenín Moreno concedió indulto a personas sentenciadas en Ecuador que tienen doble vulnerabilidad por la pandemia del covid-19. Foto: EL COMERCIO

El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, conmutó las penas privativas de libertad a los prisioneros que pertenecen a grupos de atención prioritaria y que tienen condición de doble vulnerabilidad. El “indulto presidencial conmutativo” consta en el Decreto 1086 firmado el viernes 26 de junio del 2020 y hecho público este sábado 27.

Esto quiere decir que personas privadas de libertad podrán dejar las cárceles y terminar de pagar sus condenas en otras condiciones. El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) se encargará de la aplicación del Decreto; es decir, definirá quiénes tienen acceso al indulto y se hará cargo de su seguimiento.

La medida rige para cuatro grupos de personas:

1.- Adultos mayores privados de la libertad con sentencia ejecutoriada.

2.- Mujeres con sentencia ejecutoriada, que habitan en las cárceles con niños de edades inferiores a 3 años.

3.- Personas con discapacidad con sentencia ejecutoriada.

4.- Quienes tengan sentencia ejecutoriada y padezcan de enfermedades catastróficas y crónicas, que pudieran producir graves secuelas en su salud ante un eventual contagio de covid-19.

¿Cuáles serán las condiciones en las que los favorecidos pagarán las penas?

1.- Deberán comparecer personalmente ante un funcionario judicial dos veces al mes.

2.- Tienen prohibido salir de su domicilio fijado. Para eso, el SNAI empleará medidas de vigilancia.

3.- Tienen prohibido aproximarse o comunicarse con la victima, sus familiares u otras personas relacionadas a la infracción.

4.- Tendrán la obligación de prestar servicio comunitario en las condiciones señaladas por el SNAI. Esta entidad regulará las condiciones.

¿A quiénes no beneficia este Decreto?

A las personas condenas por los siguientes delitos:

1.- Contra la integridad sexual y reproductiva.

2.- Contra la eficiencia de la administración pública.

3.- Contra de la inviolabilidad de la vida.

4.- Delitos violentos

5.- Infracciones dolosas de mayor gravedad.

El SNAI dice que con este Decreto se beneficiarán 66 personas que se encuentran en las cárceles del país.

La medida es de ejecución inmediata y la mañana de este 27 de junio del 2020 el SNAI dijo haber alertado ya a los centros penitenciarios.

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