Fijar estatura para policías ‘está fuera de normas legales’

El requisito de estatura mínima para ingresar a la Policía “está fuera de las normas legales”. Así lo confirmó el juez Carlos Dávila, a través de un fallo judicial de 15 páginas, que emitió contra la Policía y el Ministerio del Interior. Esa sentencia se originó luego de una acción de protección que un joven, de 19 años, presentara al no poder continuar con el proceso de selección por no cumplir con el requisito de 1,68 metros.

En la resolución escrita, que se conoció esta semana, el magistrado señala que imponer esa estatura “vulneró los derechos constitucionales y legales” del aspirante. Por eso, ordenó a la Policía que “deje de lado” ese requisito y que permita que el joven continúe en el proceso de postulación.

Sin embargo, el fallo no ha tenido ningún efecto en la práctica y el joven no ha podido inscribirse en la página web de admisiones.

Por eso, William Rodríguez, abogado del chico, anunció que presentará una queja judicial para que se cumpla el fallo del juez Dávila. Por su parte, funcionarios del Ministerio del Interior informaron a este Diario que los abogados preparan la apelación a la decisión judicial. La idea del Ministerio es que un Tribunal de la Corte de Pichincha resuelva, en segunda instancia, si el requisito impuesto fue legítimo o no.

Las autoridades señalan que añadir el parámetro de la estatura este año era necesario.

De hecho, ante el juez, las autoridades de la Policía presentaron siete oficios y memorandos, en los cuales se detalla cómo se produjo el cambio de requisitos para los aspirantes.

En uno de esos documentos se establece que “la violencia y la delincuencia en el país demanda que la Policía implemente nuevas estrategias, tareas operativas, capacitación y selección del personal idóneo para cumplir” con su misión.

Además, los documentos oficiales revelan que el delito de ataque y resistencia “ha crecido en forma exponencial en contra de los uniformados”.

De allí que con base en estudios se determinó que se necesita que los agentes tengan una “presencia física que disuada” las amenazas.

Por eso, se estableció 1,68 metros de estatura para los hombres y 1,57 para mujeres.

En total, el análisis que la Policía realizó para adicionar el requisito duró dos meses.

Los primeros estudios empezaron en abril de este año.

A partir de ese mes, se pidió a las unidades policiales información para planificar el proceso de reclutamiento de este año, el cual consta de ocho meses y ocho fases.

Precisamente, el tercer filtro tiene que ver con la verificación de la estatura.

En esa etapa, al menos 300 aspirantes (entre hombres y mujeres) podrían dejar el proceso, por no cumplir el requisito. En ese grupo estarían Luis, Rosa, Martín, Fabricio y Claudia. Ellos hablaron con 
EL ­COMERCIO y aseguraron que tomarán el fallo del juez Dávila para sustentar ante la Policía que el requisito de estatura es ilegítimo.

Esto ocurre, porque en la sentencia se desvanecen todos los argumentos de la Policía y del Ministerio del Interior.

Por ejemplo, en un extracto de la resolución, el juez Dávila indica que los oficios presentados por las autoridades policiales son “copias simples” y luego señala lo siguiente: “Con relación al resto de informes, aquellos no tienen la categoría ni de ley ni de reglamento; tampoco se encuentra que hayan sido aprobados conforme a derecho”.

Además, el magistrado dice que analizó el reglamento para el proceso de reclutamiento y que no encontró “ningún elemento que pueda normar” la 
estatura como un requisito.

Por el contrario, en ese reglamento se especifican nueve parámetros, como la nacionalidad, edad, ser bachiller, no tener antecedentes penales, puntaje mínimo en el examen ENES, entre otros.

De igual forma, en la sentencia se indica que el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana no establece “ninguna condición referente a la estatura”.

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