Exagentes del caso Balda no se beneficiarán de juicios que les otorga penas bajas
Con la presencia de la Fiscal General (e), Ruth Palacios, en la Corte Nacional de Justicia, se instaló la audiencia de juzgamiento en contra de Raúl Ch. y Diana F., procesados por el presunto secuestro de Fernando Balda. Foto: Diego Pallero / EL COMERCIO
La defensa de los exagentes Raúl Chicaiza y Diana Falcón no logró que la Corte Nacional acoja su pedido para que ambos se sometan a un juicio corto que incluso le otorga beneficios en las sentencias.
Los dos son señalados por el secuestro del activista político Fernando Balda, un hecho delictivo que se perpetró en Bogotá, en el 2012.
El Tribunal Penal que recibió la petición dijo que la solicitud a favor de los dos detenidos debió presentarse en una audiencia anterior a la que se instaló este 4 de febrero del 2019.
Tras esta resolución, los jueces iniciaron un proceso regular en contra de Falcón y Chicaiza. La Fiscalía dijo que comprobarán que los dos participaron del delito.
El artículo 161 del Código Penal dice que “La persona que prive de la libertad, retenga, oculte, arrebate o traslade a lugar distinto a una o más personas, en contra de su voluntad, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Los expolicías están detenidos desde marzo del 2018.
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