Ninguna organización se registró en el CNE para promocionar el voto nulo; ¿es legal realizar una campaña con ese fin?

Esta es la primera vez que el Ecuador elegirá a través de voto popular a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Foto referencial: Archivo / EL COMERCIO

Esta es la primera vez que el Ecuador elegirá a través de voto popular a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Foto referencial: Archivo / EL COMERCIO

Esta es la primera vez que el Ecuador elegirá a través de voto popular a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Foto referencial: Archivo / EL COMERCIO

El próximo 24 de marzo del 2019 Ecuador elegirá por primera vez en las urnas a los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). 43 candidatos se han postulado para esta dignidad, los ecuatorianos deberán seleccionar a tres hombres, tres mujeres y un representante de las minorías étnicas. Sin embargo, en redes sociales se activó un debate en contra de la existencia del organismo.

En ese marco, un sector de líderes de opinión y políticos, entre los cuales se encuentra el excandidato presidencial Guillermo Lasso (Creo), promueven el voto nulo; mientras que otros sectores señalan la necesidad de informarse sobre los candidatos para elegir a un Cpccs sin vínculos con el correísmo.

¿Es legal efectuar una campaña por el voto nulo en las elecciones de Ecuador? Flor Sánchez, técnica de capacitación del Consejo Nacional Electoral (CNE), dice a EL COMERCIO que en el Código de la Democracia no existe ningún artículo que se refiera a la campaña por el nulo. Por esta razón, apunta, no existe impedimento legal para promover la anulación del voto.

Sin embargo, ninguna organización o movimiento político se ha registrado en el CNE para realizar este tipo de campaña.

La promoción de los 43 candidatos al Cpccs está a cargo del CNE y tiene un costo de USD 4,54 millones, según el reglamento aprobado el 29 de enero del 2019. En el documento se ratifica que los aspirantes no podrán hacer campaña por su cuenta ni recibir financiamiento privado para esos fines.

No obstante, esa normativa no hace referencia al uso de las redes sociales como Facebook, Twitter o Instagram ni a plataformas digitales para limitar la difusión de campañas y es ahí donde el debate para la promoción del voto nulo gana espacio.

Lasso considera que el Cpccs debe desaparecer y la anulación del voto sería una forma de rechazar su existencia. A través de Twitter impulsa esa propuesta y dice que actúa independientemente de los méritos individuales de los candidatos que se han postulado. Su rechazo, dice, es a la institución: “El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social nace de una concepción errónea, y está inevitablemente abocado a convertirse en un foco de oscurantismo institucional. Por ello, debe desaparecer más allá del perfil de los candidatos que aspiren al cargo”. 


Andrés León,
integrante del Observatorio Electoral, dice que la propuesta del voto nulo nace de la ciudadanía y a ella se han sumado sectores políticos, y que es válida porque “se debe eliminar la fuente de corrupción en que se ha convertido la facultad que tiene el Cpccs para designar autoridades de control”. Además, señaló que la elección de autoridades debe volver a ser una competencia de la Asamblea Nacional.

Los que promueven anular el voto esperan que esto obligue a las autoridades a llamar a una consulta popular para eliminar al Cpccs.

El voto nulo no eliminará el Consejo de Participación

La existencia del Consejo de Participación se encuentra estipulada en la Constitución. Su eventual eliminación requeriría de un dictamen previo de la Corte Constitucional (CC) o de una Asamblea Constituyente, que modifique la Carta Magna, dado que implicaría una reforma en la estructura del Estado. La opción sería reformar sus atribuciones y competencias, con una consulta popular, con la autorización de la CC.

El voto nulo el 24 de marzo no cambiará al Cpccs, enfatiza Felipe Rodríguez, abogado especializado en derecho penal. Por ello, argumenta, es “estéril el grito de rechazo a través del voto nulo, pues será noticia máximo dos días, mientras los ganadores de las elecciones se posesionaran y usted no tendrá quién lo represente en las decisiones todopoderosas que tomen”.

Rodríguez sostiene que es improbable que gane el voto nulo y que lo que "realmente va a pasar es que sus votos se van a desperdiciar, por un tema meramente filosófico. Pero en estricto derecho, los que se logren posesionar, con el porcentaje que sea, serán los consejeros que no gocen de legitimidad, pero sí legalidad”.

El Código de la Democracia contempla la posibilidad del triunfo del voto nulo, pero su interpretación genera controversia. En el numeral 3 del artículo 147 reza que se declarará la nulidad de las elecciones "cuando los votos nulos superen a los votos de la totalidad de candidatas o candidatos, o de las respectivas listas, en una circunscripción determinada, para cada dignidad". 

Para la elección del Cpccs hay 43 candidatos. Ocho de ellos se declararon en resistencia el martes 26 de febrero del 2019, ante el llamamiento de actores políticos a votar nulo. Los aspirantes al Consejo de Participación Hernán Ulloa, José Tuárez, Joba Fonfay, Teddy Tama, Francisco Bravo, Gina Aguilar, Mónica Moreira y Franklin Moreno invitaron al resto de sus compañeros de papeleta a unirse en protesta contra quienes están impulsando una campaña de desprestigio a la institución y que promueven su eliminación.

Además, los ocho candidatos al Cpccs reclamaron al CNE por la falta de difusión de cómo votar y cuáles son las funciones que cumple el quinto poder del Estado.

El 24 de marzo, los electores podrán escoger a siete consejeros de entre los 43 candidatos distribuidos en tres papeletas: una de hombres, otra de mujeres y una tercera de las minorías étnicas.

El Consejo de Participación fue gestado en la Constitución del 2008. La entidad forma parte de la Función de Transparencia y Control Social, al igual que la Contraloría, la Defensoría del Pueblo y las Superintendencias.

La Carta Magna le otorgó 12 atribuciones, entre ellas promover la participación ciudadana, establecer mecanismos de rendición de cuentas para lo público, investigar casos de corrupción y designar autoridades de 14 instituciones. Durante su vida institucional, el Cpccs ha sido conformada cuatro veces: dos por concurso y dos transitorios. Esta es la primera vez que se conformará a través de voto popular.

¿Quiénes son los candidatos al Cpccs? Mire el especial y conozca a los postulantes:

 

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