Corte Constitucional recuerda al CNE importancia de transparencia; no acepta pedido de Yaku Pérez

El candidato a la presidencia de Pachakutik, Yaku Pérez, pidió este 11 de febrero del 2021 a Guillermo Lasso que se una para pedir el reconteo de votos. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO.

El candidato a la presidencia de Pachakutik, Yaku Pérez, pidió este 11 de febrero del 2021 a Guillermo Lasso que se una para pedir el reconteo de votos. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO.

El candidato a la presidencia de Pachakutik, Yaku Pérez, solicitó el viernes 12 de febrero medidas cautelares; horas después el Consejo Nacional Electoral aceptó un reconteo de actas. Foto: Julio Estrella/ EL COMERCIO.

La Corte Constitucional (CC) no aceptó el pedido de medidas cautelares presentado la mañana del viernes 12 de febrero del 2021 por el candidato presidencial de Pachakutik, Yaku Pérez, para que se suspendiera el escrutinio hasta que se realice un reconteo de actas de las elecciones del pasado 7 de febrero en Ecuador.

La decisión de la CC se conoce después de que la tarde del viernes el Consejo Nacional Electoral (CNE) aceptara efectuar el reconteo del 100% de actas en Guayas y del 50% en otras 16 provincias, solicitado por Pérez y apoyado por el candidato presidencial de la alianza Creo-PSC, Guillermo Lasso.

Precisamente Lasso (con el 19,74% de votos según el escrutinio hasta ahora) y Pérez (con el 19,38%) se disputan el segundo lugar de las presidenciales; el reconteo definirá quién de ellos pasa a la segunda vuelta para enfrentarse el 11 de abril con el postulante del correísmo Andrés Arauz (Unes), quien lideró las votaciones en la primera vuelta (32,7%), aunque sin alcanzar más del 40% requerido para imponerse.

La Corte consideró que el requerimiento de Yaku Pérez "no cumple con el reclamo previo" que estipula la ley ante los órganos correspondientes de primera instancia, en este caso de la Función Electoral.

"Sin embargo, el Tribunal recordó a la autoridad electoral la importancia de observar los principios de publicidad y transparencia, establecidos en la Constitución, a fin de garantizar los derechos de participación ciudadana y asegurar la confianza de la opinión pública, sin que esto signifique la suspensión o prolongación del calendario electoral", señala.

El fallo fue emitido la noche del viernes 12 de febrero del 2021 por el primer Tribunal de la Sala de Admisión compuesto por el presidente de la Corte, Hernán Salgado, y los jueces Teresa Nuques y Ramiro Ávila, solo 12 horas después de que Pérez presentara el recurso.

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