La Corte Constitucional se pronunció sobre la crisis carcelaria en el Ecuador y solicitó que el Ejecutivo informe mensualmente sobre mejoras en sistema penitenciario del país. Foto: EL COMERCIO
El Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador, por unanimidad, emitió un auto en el que dio inicio de la fase de seguimiento al cumplimiento de los dictámenes referentes a la declaratoria y renovación del estado de excepción.
Uno de los puntos principales dispone al presidente Lenín Moreno que, a través de Johana Pesántez Benítez, secretaria general jurídica de la Presidencia, convoque al Directorio del Organismo Técnico de Sistema Nacional de Rehabilitación Social.
Este deberá instalarse en sesión permanente de manera inmediata para que, con base en el Plan de Acción propuesto por el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y a Adolescentes Infractores del Ecuador (SNAI) y con la más amplia participación de los sectores involucrados, de conformidad con el artículo 85 de la Constitución, adopte varias medidas.
La primera es para que tome decisiones urgentes para garantizar la seguridad en los centros de privación de libertad.
La segunda es para que diseñe una propuesta de política pública integral, debidamente financiada, que brinde soluciones estructurales efectivas a la crisis en el sistema de rehabilitación social que vive el país con la participación de instituciones estatales y miembros de la sociedad civil.
También que coordine con los ministerios rectores en finanzas públicas y trabajo para ejecutar las medidas a corto plazo identificadas por el SNAI en su Plan de Acción con la finalidad de fortalecer la institucionalidad del sistema de rehabilitación social.
“El Presidente de la República deberá informar mensualmente a esta Corte sobre el avance en el cumplimiento de la disposición establecida hasta su conclusión“, determinó la Corte.
También deberá exigir a las autoridades competentes de la Función Ejecutiva, en coordinación con las funciones Legislativa, Judicial y de Transparencia y Control Social, la realización de una exhaustiva investigación de los hechos acontecidos en los centros de rehabilitación social del país, conducente a la determinación de responsabilidades civiles, penales, administrativas o políticas que correspondan, por parte de quienes, por su acción u omisión, ocasionaron hechos de tal gravedad.
También debe disponer al SNAI que investigue, determine responsabilidades y, de ser el caso, establezca las sanciones correspondientes por el presunto impedimento a las servidoras y servidores de la DPE para acceder al Centro de Privación de Libertad Nro. 3 de Quito, durante el estado de excepción.