Con el estado de excepción rige el toque de queda y la restricción de circulación por placas en los cantones con semáforo amarillo y rojo por el covid-19 en Ecuador. Foto: Archivo / EL COMERCIO
El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional, en sesión mantenida el 11 de agosto del 2020, pide la ampliación del estado de excepción en Ecuador por la pandemia del covid-19. El director del Servicio Integrado ECU 911, Juan Zapata, lo informó este jueves 13 de agosto.
“La suspensión y la limitación de la libertad del tránsito y la movilidad, así como de la reunión y asociación son fundamentales para efecto del aislamiento y distanciamiento social que son básicos para mitigar la propagación del covid-19“, dijo en un video Zapata.
Según el Ministerio de Salud, Ecuador reporta 98 343 personas infectadas con covid-19 hasta este jueves 13 de agosto del 2020. Los datos reflejan que se documentaron 1 233 nuevos casos en territorio nacional (la víspera había 97 110 contagiados). De acuerdo con la data del Gobierno, Quito ya concentra el 18% del total de casos a escala nacional. El Distrito Metropolitano, además, supera a Guayaquil con 5 371 infectados.
¿Qué implica una ampliación del estado de excepción?
La participación de las Fuerzas Armadas en controles en vías, así como la aplicación de toque de queda (prohibición de circulación y reunión en el espacio público) o la disposición del comiso de bienes para garantizar el funcionamiento de la red de salud son medidas especiales que requieren un paraguas normativo: un estado de excepción declarado a través de Decreto Ejecutivo.
Este sábado 15 de agosto vence el plazo fijado en el Decreto 1074 por el cual Ecuador se encuentra en estado de excepción. Según Juan Zapata, “es impensado enfrentar una crisis sanitaria sin tener esta medida legal que es fundamental para el COE nacional”.
El Decreto 1074 fue suscrito el 15 de junio y fue la segunda declaratoria de estado de excepción en Ecuador en medio de la emergencia sanitaria. La Constitución pone límites de tiempo para estos períodos: 60 días. Sin embargo, si el Presidente lo considera, pueden ampliarse por 30 días más, según la Carta Política.
Ecuador lleva cinco meses en estado de excepción. El 16 de marzo del 2020, Lenín Moreno firmó el Decreto 1017, que declaró este período por 60 días frente a la pandemia. El 15 de mayo, la declaratoria se extendió por 30 días con el Decreto 1052.
El 15 de junio -la Constitución no permite más prórroga-, Moreno declaró el segundo estado de excepción. El plazo regular está por concluir y puede ser ampliado por una sola vez.
El estado de excepción es la base normativa para la aplicación del toque de queda de 21:00 a 05:00 en Quito y en los cantones con semáforo amarillo de Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Loja, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos, Napo, Orellana, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe.
Asimismo, rigen restricciones de circulación vehicular con base en el último dígito de las placas. En los cantones con semáforo amarillo las placas impares (1, 3, 5, 7 y 9) circulan los días lunes, miércoles y viernes y las placas pares y cero (2, 4, 6, 8 y 0) los días martes, jueves y sábado. Este domingo 16 está previsto que solo circulen las placas impares.