El Pleno del Consejo Nacional Electoral ratificó las resoluciones emitidas por la Junta Electoral Provincial de Manabí Foto: Twitter CNE
El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó las resoluciones emitidas por la Junta Electoral Provincial de Manabí, en las que se dio paso a la apertura de 136 urnas, tras haber identificado inconsistencias numéricas. Con ello da ‘luz verde’ a ese proceso.
El Pleno conoció y resolvió, la tarde del 31 de marzo del 2021, sobre las impugnaciones presentadas por Oswaldo Rodríguez Guillen, delegado del procurador común de la Alianza 1-5, Unión por la Esperanza (Unes), de la provincia de Manabí, a los resultados numéricos para la dignidad de asambleístas provinciales.
En la sesión se informó que luego de analizar los informes técnicos jurídicos, en los que se demostró la verificación de las actas de escrutinio por parte de la Junta Provincial, se concluyó que la resolución emitida por la Junta observó los preceptos constitucionales.
Así, el cuerpo colegiado negó los recursos de impugnación presentados en contra de las resoluciones de la junta por parte de Unes, una vez que el impugnante no logró demostrar sus aseveraciones que buscaban evitar la apertura de urnas y estas carecieron de fundamento jurídico.
“En ese sentido, las autoridades electorales ratifican que las resoluciones adoptadas por la junta de la provincia de Manabí se encuentran enmarcadas dentro de las normas constitucionales, legales y reglamentarias”, se indicó.
La presidenta de la Junta manabita, Maricela Marriott, informó este 1 de abril del 2021, que el ente provincial debe sesionar para conocer la resolución del CNE, fijar fecha y hora para el proceso de apertura. Sin embargo, advirtió que la decisión del organismo electoral nacional aún puede ser impugnada ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
El CNE recordó que según el artículo 243 del Código de la Democracia, las impugnaciones a las resoluciones tomadas por las Juntas Provinciales Electorales sobre las objeciones, se presentarán en un plazo de dos días luego de emitida la resolución, en la correspondiente Junta para ante el CNE.
El órgano electoral, sede administrativa, resolverá la impugnación en un plazo de tres días. De estas resoluciones pueden plantearse todos los recursos judiciales electorales previstos en la ley ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Días atrás, Oswaldo Rodríguez, procurador común de la alianza 1-5, afirmó que un segundo reconteo no tenía valor legal y adolece de nulidad absoluta por cuanto las Juntas Receptoras del Voto que constan como aceptadas ya habían superado la inconsistencia.
Carlos Vera, candidato a asambleísta por el PSC en el distrito sur de Manabí y uno de quienes pidió la apertura de urnas, afirmó que el rechazo a la “pretensión de Unes” allana el camino para aperturar 136 urnas con “lo cual se conocerá la verdadera intención del voto en esta provincia”.