Así se regula el tránsito de los vehículos en el primer día de la medida Hoy no circula en Quito

El plan Hoy no Circula regirá para todos los vehículos tomando en cuenta el último número de la placa.

El plan Hoy no Circula regirá para todos los vehículos tomando en cuenta el último número de la placa.

El plan Hoy no Circula regirá para todos los vehículos tomando en cuenta el último número de la placa. Foto: Eduardo Terán / EL COMERCIO

El número de sancionados por incumplir la medida Hoy no circula en Quito que empezó a aplicarse desde las 05:00 de hoy lunes 9 de septiembre de 2019, aumenta conforme pasa el día. Hasta las 10:09 de la mañana 51 conductores irrespetaron la restricción, que durará ocho meses, y que prohíbe la circulación dentro del área de restricción para un grupo de vehículos en función del último dígito de su placa, durante un día laborable de la semana, entre las 05:00 y las 20:00. La medida funciona de manera similar que el Pico y Placa, pero se extiende durante 15 horas al día, y a diferencia del primero, incluye a taxis.

Aún hay confusión por parte de los conductores. Por ejemplo, esta mañana, fue detenido un camión que transportaba cilindros de gas, pese a que la Secretaría de Movilidad había advertido que ese tipo de vehículos no podrían circular.

A continuación, encontrará los detalles del Reglamento que el alcalde Jorge Yunda firmó la tarde del viernes 6 de septiembre de 2019, y que especifica la aplicación de esta medida en todo el Distrito Metropolitano.

El plan Hoy no Circula regirá para todos los vehículos tomando en cuenta el último número de la placa. En el caso de las motocicletas se utilizará como referencia el último dígito que componga la placa sin consideración a la letra en la que termine.

¿QUIÉNES PODRÁN CIRCULAR?

Únicamente los que se consideran dentro de las excepciones. En ese listado se encuentran:

1. Los vehículos oficiales del Presidente y Vicepresidente de la República

2. Oficiales del Cuerpo Diplomático y Consular acreditado ante el Gobierno Nacional

3. De transporte de personas con discapacidades

4. Conducidos por personas de la tercera edad. Pueden circular libremente solo presentando su cédula.

5. Los vehículos de emergencias: ambulancias públicas o privadas, motobombas, automotores de rescate del Cuerpo de Bomberos y vehículos de la Policía Nacional en cumplimiento de su misión específica. Así también los vehículos de rescate o asistencia social.

6. Están exentos los vehículos de transporte colectivo de personas, es decir, del sistema de transporte público lo que incluye buses urbanos e interparroquiales y buses del Sistema Metrobús Q. Tampoco tendrán restricción los buses comerciales como escolares, institucionales y turísticos. Y los vehículos de iniciativa empresarial legalmente registrados.

7. De transporte comercial rural

¿QUÉ DEBEN HACER LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?

Las personas que padecen algún tipo de discapacidad también están exentas, siempre y cuando realicen el trámite respectivo y obtengan un salvoconducto entregado por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT).

El salvoconducto se entregará cuando un auto particular sea conducido por personas con discapacidad o con movilidad reducida, y cuando un auto particular traslade a personas con discapacidad, y sea conducido por un tercero siempre y cuando se dirija desde y hacia lugares de rehabilitación, salud, educativos o de instrucción, o a su lugar de trabajo.

Para que la AMT pueda entregar el salvoconducto, debe haber una acreditación previa de la entidad competente para la certificación de la discapacidad, en este caso el Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis).

El salvoconducto contendrá el nombre de la persona exonerada del plan de restricción y regulación de circulación vehicular, la placa del vehículo, su marca, modelo y color. El documento sirve únicamente para la persona en un auto específico.

La AMT entregará un ejemplar de salvoconducto por cada persona con discapacidad que lo haya solicitado. El documento deberá portarlo la persona que conduzca en carro exonerado del plan de restricción de circulación vehicular.

VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Los vehículos eléctricos de uso particular no estarán exentos de la medida, pero tendrán un trato especial. No podrán circular dentro del área de restricción establecida entre las 08:00 y 09:30, en la mañana, y entre las 17:30 y las 19:30 en la tarde y noche.

TRANSPORTE PESADO

Tampoco podrán circular libremente los vehículos pesados como volquetas, camiones tráilers; ni de carga mediana o ligera, como camionetas, camiones pequeños y demás.

La Alcaldía informó que aquellos vehículos de carga pesada, mediana y ligera que sean transporte estratégico recibirán un salvoconducto que les permita circular los días de restricción, pero con una franja horaria especial. En esos casos, se mantendría el horario del Pico y Placa (de 07:00 a 09:30), pero en la noche se extendería una hora más, es decir desde las 16:00 hasta las 20:30.

Según el Municipio, a partir de hoy se formará una mesa técnica en la que participarán la Agencia Metropolitana de Tránsito, la Secretaría de Movilidad y el Alcalde, para evaluar con los sectores de carga y determinar a qué vehículos se les entrega salvoconductos dependiendo de si son insumos de primera necesidad.

Una vez que el gremio entregue información sobre las flotas, se analizarán los casos. No obstante, se adelantó que los camiones que transporten, por ejemplo, bebidas, o las volquetas, no obtendrán salvoconducto. Mientras que aquellos automotores que distribuyan gas o combustible, sí los recibirán. Se espera poder trabajar en ello esta semana para entregar los documentos habilitantes lo antes posible.

El reglamento dispone, además, que durante la vigencia del plan la Secretaría de Movilidad emitirá informes específicos bimensuales que permitirán evaluar su implementación. En función de cada uno de los informes, la Secretaría podrá recomendar al Alcalde la inclusión de otros grupos de vehículos automotores en el régimen de programación especial, o la formulación de otras programaciones especiales que atiendan a las circunstancias y condiciones particulares del grupo de vehículos.

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