El ministro Martínez en una reunión de la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
De aprobarse el proyecto de ley económico urgente, que este momento debate la Asamblea, se concretará en el país la quinta condonación o remisión tributaria en los últimos diez años.
En el 2008 y en el 2015 se aplicaron dos amnistías generales, que aportaron al Fisco USD 1 171 millones. En el 2016 se aplicó una nueva remisión parcial que benefició a Manabí y a Esmeraldas, y en este momento está vigente la amnistía de la Ley de Reactivación Económica para los afectados por la construcción del Tranvía de Cuenca.
Con la nueva remisión se esperan USD 774 millones hasta el 2021, de los cuales los mayores ingresos se obtendrán este año, indicó la directora del Servicio de Rentas Internas (SRI), Marisol Andrade.
La propuesta legal plantea la condonación de intereses, multas y recargos de deudas tributarias, fiscales y aduaneras para las empresas.
Las empresas grandes tienen un plazo de tres meses para ponerse al día. En tanto, las micro, pequeñas y medianas firmas tendrán facilidades de cancelación de hasta dos años.
En el caso de que existan procesos pendientes en el ámbito judicial, constitucional o arbitral, el contribuyente deberá desistir de esas acciones para acceder al beneficio.
La remisión que hoy está en debate en el Legislativo es de mayor alcance que las efectuadas en años anteriores, ya que incluye incentivos para que las personas naturales paguen sus obligaciones con el Seguro Social, multas de tránsito e incluso el pago de servicios básico.
Para Magali Quezada, alcaldesa de Nabón, en Azuay, la medida es un buen incentivo para que los ciudadanos cumplan con los pagos pendientes, aunque en este cantón los índices de morosidad por deudas tributarias y de servicios básicos son bajos.
En tanto, quienes estén en mora por falta de pago en los aportes o en los temas de responsabilidad patronal con el IESS accederán a una condonación parcial de intereses, multas y recargos, de acuerdo con una tabla.
El beneficio aplica para quienes consten en estado de planillas hasta el 2 de abril del 2018.
Esta medida no aplica para deudas en mora de fondos de reserva, aportes por trabajo no remunerado en el hogar, cobro de valores, extensión de salud, préstamos quirografarios, prendarios e hipotecarios.
El ministro de Finanzas, Richard Martínez, justificó la medida al señalar que se hará por única ocasión en esta administración, con el objetivo de reactivar la producción.
El funcionario instó a la Asamblea a aprobar la propuesta “porque de lo contrario el ejercicio fiscal se presiona mucho y estará comprometido el cierre del año”.
Ramiro Aguilar, exasambleísta, criticó el beneficio porque no aporta a crear una cultura tributaria; por el contrario, cree que “premia a los morosos”, especialmente a las grandes empresas.
Para Pablo Zambrano, vocero de la Cámara de Industrias, la acumulación de deudas de las empresas es una consecuencia de la excesiva carga tributaria que vivió el sector los últimos 10 años. Cree que la iniciativa es positiva porque generará liquidez para el Fisco.
Proyecto
RISE. Para el Régimen Impositivo Simplificado (RISE), al cual pertenecen pequeños negocios, se establece el pago del capital de las cuotas sin intereses y sin sanciones pecuniarias. El plazo es de 90 días. Para aplicar el beneficio, el SRI deberá hacer una depuración: excluir a contribuyentes que no evidencien actividad económica y no tengan comprobantes de venta vigentes, o que estén en mora de pago de más de seis cuotas.
Tributos. La amnistía es del 100% de intereses, multas y recargos para quienes se pongan al día con el SRI y el Senae.
Contribuyentes con deudas vencidas después del 2 de abril del 2018 y de la declaración anual del IR del ejercicio fiscal 2017 no tendrán este beneficio. Para acogerse al incentivo podrán efectuar la declaración y cancelar la deuda o solicitar facilidades de pago.
Empresas públicas y GAD. Para los servicios básicos proporcionados por empresas públicas de la Función Ejecutiva habrá condonación del 100% de intereses, multas y recargos por obligaciones pendientes de pago hasta el 2 de abril del 2018. El plazo para cancelar la totalidad del capital es de 90 días. También aplicará para deudas tributarias, no tributarias y de servicios básicos con municipios.
IESS. Por pagos realizados en un plazo de 90 días, la reducción de intereses, multas y recargos será del 99%. Si la cancelación es entre 91 y 150 días, el beneficio de disminución será del 75%. Y, si el pago es entre 151 y 180 días la rebaja es del 50%. Para deudores no vinculados de la banca cerrada de 1999 habrá una reducción del 99% y facilidades de pago de hasta dos años, si la solicita en los 90 días.
Vehículos. Para la remisión de intereses de los impuestos vehiculares administrados por el SRI, vencidos al 2 de abril del 2018, debe pagar el saldo del capital en 90 días. Las mismas condiciones aplican para la condonación de los recargos establecidos por la Agencia Nacional de Tránsito por deudas de matriculación. Y también para las multas adicionales del 2% establecidas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, por infracciones de tránsito.