La fijación del salario básico unificado para los trabajadores en general, en 450 dólares mensuales durante el año 2023, responde, una vez más, a la falta de consensos en el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios. Persisten los intereses antagónicos entre empleadores y trabajadores, irreconciliables mientras no exista una política gubernamental con objetivos de beneficio para las dos partes y para el país.
Determinar el salario que otorgue la capacidad de sustento de los trabajadores no debe ser una decisión sustentada exclusivamente en el incremento porcentual del índice de precios al consumidor proyectado. El problema es mucho más complejo, como lo declara el propio Decreto Ejecutivo expedido: la necesidad de “definir y dirigir políticas públicas que persigan el pleno respeto a la dignidad y una vida decorosa de las personas trabajadoras”.
Sobre la incidencia de los salarios en los costos y en la subida de los precios ha predominado un pensamiento expandido de modo sistemático. Para el empresario, un incremento de los salarios genera una presión sobre los precios de producción y venta de las mercancías, sin considerar que el salario no es el único costo para la producción.
Aludir al ciclo salarios-precios como explicación de la inflación es un argumento parcial e incompleto, pues, bajo la misma lógica deber explicarse la existencia del ciclo beneficio (utilidades)-precios, y su incidencia en la inflación. Los dos ciclos son distintos en cuanto a los grupos sociales a los que representan, pero idénticos en cuanto a los mecanismos de funcionamiento. Los dos aspiran a obtener una mayor proporción de la distribución del ingreso por la vía de los salarios o de las utilidades, respectivamente, con diferente incidencia en el sistema económico.
Las políticas salariales deben partir de un análisis objetivo del papel del precio del trabajo en el funcionamiento y resultados del sistema económico, e insertarse en los objetivos de desarrollo y equidad social.