De los facebook files a los derechos digitales

La filtración de documentos de Facebook que hizo Frances Haugen obliga a pensar en una legislación que contemple los derechos de cuarta generación. Foto: Facebook Marc Zuckerberg

Uno de los grandes casos de la justicia estadou­nidense del siglo pasado fue el Big Tobacco. No advertir sobre los efectos dañinos de sus productos desencadenó en multas millonarias para las grandes tabacaleras. Ahora, en Estados Unidos, la filtración de documentos sobre los estudios que hizo Facebook vinculados al comportamiento de sus usuarios ha hecho que los medios lo comparen con el caso del tabaco.

El 17 de mayo de 2021, Frances Haugen dejó su trabajo en el equipo de Integridad Cívica de Facebook y meses después hizo públicos los Facebook Files para intentar solucionar desde fuera lo que no pudo salvar cuando fue parte de la firma. En sus declaraciones al Wall Street Journal, mencionó que su intención no era dañar la imagen corporativa de la red social, sino ayudarla a reparar el daño causado.

Facebook analiza y guarda gran parte de la información de Internet. Algunas de las revelaciones de los Facebook Files incluyen el trato inequitativo que da a sus usuarios, la facilidad con la que se esparce la desinformación y la influencia del algoritmo en la estabilidad psicológica de niñas y adolescentes.

En marzo de 2021, en una audiencia ante el Congreso, cuando se le preguntó sobre los efectos negativos de la red social en la salud mental de mujeres adolescentes, Mark Zuckerberg

, CEO de Facebook, respondió que de acuerdo con sus investigaciones, su uso puede traer beneficios. Sin embargo, los datos de la propia empresa revelan lo contrario. A través de la plataforma se impulsa la imagen de la mujer perfecta, y esto genera problemas de autoestima. Uno de los documentos muestra que Instagram, adquirida en 2012 por Facebook Inc, hace que al menos una de cada cinco adolescentes del Reino Unido se sienta peor consigo misma.

Otro incidente surgió a raíz de la pandemia. A pesar de los esfuerzos de Facebook por motivar a los usuarios a vacunarse basándose en criterios científicos, la desinformación esparcida por grupos antivacunas duplicaba a aquella que la incentivaba. La compañía reconoció lo dañina que esta información falsa podía ser, pero su habilidad para detectar estos comentarios y publicaciones era “baja en el idioma inglés y casi inexistente en otros idiomas”.

Los reportes indican que tampoco manejó de la mejor manera problemas como el uso de la plataforma para el tráfico de personas. Se permite dar de baja el contenido marcado como dañino, mas no se impide su publicación. Según Brian Boland, exvicepresidente de Face­book, esto se debe a que la compañía trata al daño generado
“simplemente como el costo de hacer negocios”.

Para esta red social, no solamente es perjudicial perder socios comerciales, sino también a sus usuarios más influyentes. En 2019, el futbolista Neymar publicó imágenes de una mujer desnuda. Las directrices operativas de Facebook establecen que estas imágenes deben eliminarse y quienes las publican, perder sus cuentas. Sin embargo, el programa especializado para estos casos: Cross Check, al ver la influencia del jugador, impidió a los moderadores de contenidos de esta red eliminar la imagen. Y las cuentas del futbolista continúan activas.

Toda esta problemática tiene algo en común: Facebook, a pesar de que conoce el daño que genera, no lo comunica para advertir a los usuarios. Antes que el bienestar y seguridad de los usuarios, el objetivo de la plataforma es obtener ganancias. La historia del Big Tobacco, por tanto, se repite.

Si bien los daños existen, no se puede afirmar que las redes sociales sean su causante directo. Sin embargo, es indispensable que sus políticas se regulen a partir de los derechos de cuarta generación: los derechos digitales, que cubren necesidades que años atrás parecían de ficción y hoy son una realidad. Sin neuroderechos, por ejemplo, las nuevas tecnologías podrían invadir nuestros pensamientos y utilizar esos datos neuronales sin consentimiento.

En mayo de 2021, se publicó en Ecuador la Ley Orgánica de Protección de Datos, que contempla algunos derechos digitales, entre ellos el adecuado tratamiento de datos, la educación digital y el derecho al olvido. Sin embargo, pese a que en el país hay casi 13 millones de usuarios activos en Facebook, no hay normas que regulen otros tipos de derechos digitales. Este no es un problema exclusivo del Ecuador, sino de casi toda América Latina. Chile es el único país que ha introducido los neuroderechos en su ordenamiento jurídico y con rango constitucional.

La importancia de contemplar derechos digitales radica, precisamente, en impedir que por medio de estas plataformas se vulnere la propiedad, el libre albedrío, entre otros. Parecería que estos derechos ya están protegidos en la Legislación ecuatoriana. Sin embargo, al insertar el componente tecnológico, nos vemos obligados a ampliar nuestros derechos, incluso llevarlos a nivel constitucional o, mejor aún, contemplarlos en tratados internacionales para que los Términos y Condiciones de páginas web, que pocos en el mundo leen, no degeneren en una herramienta para
su vulneración.

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