Los jueces constitucionales disponen que la Corte de Justicia de Pichincha, es decir el tribunal que les consultó sobre si se puede aplicar en Ecuador, la Opinión Consultiva, interprete el sistema normativo a la luz de esta sentencia y ordene que el Registro Civil registre el matrimonio de los accionantes. Foto: Patricio Terán / EL COMERCIO
La sentencia 11-18-CN/19 de la Corte Constitucional sobre matrimonio igualitario fue difundida la tarde de este jueves 13 de junio del 2019, a las partes procesales. La Corte Constitucional determinó que la Opinión Consultiva 24/17, de la Corte IDH, sobre ‘Identidad de género e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo. Obligaciones estatales en relación con el cambio de nombre, identidad de género y los derechos derivados de un vínculo entre parejas del mismo sexo’ es una interpretación auténtica y vinculante de las normas de la Convención Americana de Derechos Humanos, que forma parte del bloque de constitucionalidad para reconocer derechos o determinar el alcance de derechos en Ecuador.
También establece que no existe contradicción entre el texto constitucional con el convencional sino complementariedad. Por la interpretación más favorable de los derechos, el derecho al matrimonio reconocido a parejas heterosexuales se complementa con el derecho de parejas del mismo sexo a contraer matrimonio.
Por ello los jueces constitucionales disponen que la Corte de Justicia de Pichincha, es decir el tribunal que les consultó sobre si se puede aplicar en Ecuador, la Opinión Consultiva, interprete el sistema normativo a la luz de esta sentencia y ordene que el Registro Civil registre el matrimonio de los accionantes, toda vez que no es necesaria una reforma constitucional al artículo 67 de la Constitución del Ecuador. Es decir de Efraín Soria y Javier Benalcázar, y de Carlos Verdesoto y Rubén Salazar. Tampoco son necesarias reformas previas para el caso concreto a la Ley de Gestión de Identidad y Datos Civiles y del Código Civil.
Al momento, Fundación Pakta, entre otros, revisan el contenido de la sentencia, pero es una interpretación de la normativa ecuatoriana, que favorece a todos, ha indicado el abogado Christian Paula.