Catalina Andramuño, ministra de Salud, acudió este miércoles 16 de octubre del 2019 a Fiscalía para colocar una denuncia por obstaculización de la atención prehospitalaria, durante las manifestaciones en contra de las medidas económicas. Valeria Heredia / EL COMERCIO
La ministra de Salud, Catalina Andramuño, acudió este miércoles 16 de octubre del 2019 a la Fiscalía Provincial de Pichincha, para colocar una denuncia por obstaculización de la atención prehospitalaria. Este hecho se registró durante las manifestaciones en contra de las medidas económicas, que se extendieron del jueves 3 al domingo 13 de octubre del 2019.
En total, 35 de las 289 ambulancias fueron afectadas producto del impacto de piedras y otros obstáculos colocados en las vías. Se dio, principalmente, en las localidades de la Sierra Centro como Pichincha, Azuay y Tungurahua. Solo en Quito, por ejemplo, fueron 14 vehículos afectados.
Los automotores están en los talleres para hacer una evaluación de los daños, que podrían superar los USD 35 000.
Andramuño insistió en que la obstaculización del paso de las ambulancias impidió que pacientes lleguen a las diferentes casas de salud, por lo que ” nos retrasaron, para actuar de manera oportuna. En salud, los segundos cuentan para salvar una vida o determinar futuras secuelas”. Afortunadamente ningún paciente resultó afectado, ya que se optó por traslados aéreos.
En la infraestructura hospitalaria no se reportó ningún daño, producto de las movilizaciones, explicó la titular de la Cartera de Salud.
Andramuño además mencionó que la Fiscalía será la encargada de investigar a los responsables de estos hechos. Para ello se colaborará con vídeos sobre lo ocurrido.
“Ni en la peor de las guerras se ha visto esto”, dijo la Ministra de Salud refiriéndose a las agresiones a estos vehículos y a personal médico, que fue “amedrentado, golpeado y asaltado”.
En el artículo 124 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referente a la obstaculización de tareas sanitarias y humanitarias, se habla de las sanciones.
“La persona que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural, obstaculice al personal médico, sanitario o de socorro a la población civil, la realización de las tareas sanitarias y humanitarias que pueden y deben realizarse de acuerdo con la normas del Derecho Internacional Humanitario, será sancionada con pena privativa de la libertad de 10 a 13 años”.