Virginia Gómez, de Fundación Desafío; Josué Berrú, de Red de Fe; Angélica Porras, constitucionalista, y Manuel Martínez, de Pacto por la Niñez. Foto: Valeria Heredia/ EL COMERCIO
La Corte Constitucional (CC) tiene tres opciones para destrabar el pedido para despenalizar el aborto por violación: responder al reciente veto del Ejecutivo a las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP); tramitar la demanda al artículo 149 de la norma o dar paso a la acción por incumplimiento a recomendaciones de entes internacionales.
Lo detalló ayer, lunes 21 de octubre del 2019, Angélica Porras, constitucionalista. Ella y más representantes de organizaciones a favor de derechos de mujeres, niños y adolescentes exhortaron a la Corte a pronunciarse sobre este tema.
“El Ejecutivo dejó una puerta abierta para que la CC tramite este tema, de forma general”, sostuvo Virginia Gómez de la Torre, titular de Fundación Desafío y vocera de la Coalición de Mujeres.
El viernes pasado, estas agrupaciones aplaudieron la acción del Primer Mandatario, que incluyó el polémico tema en su veto. Tras la negativa de la Asamblea Nacional, a dar paso al aborto por violación, el 17 de septiembre, los ojos de los activistas estuvieron sobre el texto que pudiera remitir el Mandatario.
Unos decían que no había forma de que se incluyera el tema en el veto, ya que no había sido aprobado. Pero los legisladores dejaron un resquicio.
No dieron paso a la reforma del artículo 150, que dice que solo es legal un aborto si está en riesgo la vida de la madre o si es consecuencia de una violación a una mujer con discapacidad. En la propuesta se ampliaban las causales: en caso de violación, incesto, malformaciones, inseminación no consentida y estupro.
Los legisladores no aprobaron ese punto pero olvidaron eliminar la transitoria segunda, que se refería a que en el plazo de 90 días, el Consejo de la Judicatura y el Ministerio de Salud Pública realizarían las acciones necesarias para la aplicación de la reforma.
En el veto, Lenín Moreno recordó que “lo dispuesto en la transitoria dependería de una norma vigente con anterioridad”. Y mencionó que se mantiene una ambigüedad, ya que el texto difiere con respecto a los derechos de las personas como el de la vida o el de las víctimas de violencia sexual.
En ese sentido, según Gómez de la Torre, “el Estado incumple desde el 2012 con los tratados internacionales”.
En el país, recordó, se han registrado 13 000 embarazos de niñas entre los 9 y 14 años, desde el 2013 hasta lo que va del año. Según el COIP vigente, se considera violación a toda relación sexual con niños y adolescentes menores de 14.
Gómez de la Torre, además, señala que la Corte Constitucional ecuatoriana “debe estar a la altura” de otras entidades que viabilizaron esta práctica, en caso de violación, en países como Colombia o Argentina.
La Corte puede actuar, opinó la especialista Porras. Y explicó que el veto por inconstitucionalidad cabe porque existe una clara discriminación hacia las personas que están fuera de las causales ya vigentes.
Según ella, la CC tiene poder no solo para abordar el tema del aborto por violación sino por el resto de causales. En el artículo 436 de la Constitución -apuntó- se dice que es la máxima instancia de interpretación de la Carta Magna.
Para los activistas, hay dos caminos más. Hace tres meses, la Corte recibió una demanda de inconstitucionalidad al artículo 149 del COIP vigente, que trata sobre las sanciones ante un aborto consentido. Adicionalmente, se interpuso una acción por incumplimiento a recomendaciones de organismos internacionales.
Al menos existen cinco sugerencias de comités extranjeros que le piden a Ecuador despenalizar el aborto por violación, entre ellos, el Comité de Derechos Humanos, el de derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y el de derechos Económicos y Sociales.
Rafael Oyarte, constitucionalista, discrepa con estas posturas. Para él, el Presidente prefirió no emitir su propio criterio. Al no sancionar u objetar le pasó el tema a la CC. Solo tenía -dice- una disposición transitoria que no debería existir. Hubiese bastado con que la objete parcialmente y envíe un texto alternativo.
Para Oyarte, la Corte únicamente podría decir que no hay tal inconstitucionalidad y que se publique como está la reforma al COIP. De considerar que sí la hay debe devolver el texto a la Asamblea. “Pero el papel aguanta todo con esta Corte”.
Las acciones desplegadas a favor de la despenalización
10 de mayo del 2019
La Comisión Legislativa de Justicia aprobó el informe para segundo debate del Proyecto de Reformas al COIP, que incluía ampliación de causales para el aborto.
29 de mayo del 2019
Siete organizaciones nacionales e internacionales iniciaron un proceso de litigio en contra de Ecuador, Guatemala y Nicaragua, en nombre de niñas que fueron violadas.
17 de septiembre
Defensores de derechos pidieron despenalizar el aborto por violación y grupos religiosos solicitaron negarlo. La Asamblea votó en contra de la ampliación de causales en el COIP.
28 de septiembre
En al menos ocho ciudades del país, mujeres marcharon para pedir el veto del Ejecutivo a la negativa de la Asamblea frente a la despenalización del aborto por violación.