Tres casos recientes de envenenamiento alertan a los defensores del bienestar animal. Esta es una práctica ilegal que persiste en el Ecuador. Foto: Archivo.
Ayer, 2 de marzo de 2016, la Fundación Camino a Casa denunció en su página de Facebook que se habría intentado envenenar a tres canes luego de que ellos ingresaron a un conjunto habitacional al norte de Quito. Estos perros fueron rescatados y actualmente se encuentran a salvo y a la espera de conseguir hogares, sin embargo, a diario se presentan varios casos similares en los que personas envenenan a los animales por distintos motivos.
(function(d, s, id) { var js, fjs = d.getElementsByTagName(s)[0]; if (d.getElementById(id)) return; js = d.createElement(s); js.id = id; js.src = “//connect.facebook.net/en_US/sdk.js#xfbml=1&version=v2.3”; fjs.parentNode.insertBefore(js, fjs);}(document, ‘script’, ‘facebook-jssdk’));
A mediados de febrero, ciudadanos de la parroquia de Mindo (ubicada al noroccidente de Quito) denunciaron en redes sociales un envenenamiento masivo de animales de la calle. Varias organizaciones de rescate y protección animal hicieron eco de la noticia indicando que esta práctica es ilegal.
Pocos días después, la organización Acción Animal Ecuador reportó a través de su página de Facebook que varios perros que vivían fuera de su refugio habían sido envenenados.
En el Ecuador rige desde 2009 el Reglamento Nacional de Tenencia y Manejo Responsable de Perros. El artículo 6 de esta normativa prohíbe el envenenamiento masivo o individual de canes propios o ajenos.
A nivel nacional, el Código Orgánico Integral Penal, también se refiere al maltrato y muerte de mascotas. El artículo 249 establece que “la persona que por acción u omisión cause daño, produzca lesiones, deterioro a la integridad física de una mascota o animal de compañía, será sancionada con pena de cincuenta a cien horas de servicio comunitario. Si se causa la muerte del animal será sancionada con pena privativa de libertad de tres a siete días”.
A nivel local, en el Distrito Metropolitano de Quito, la Ordenanza 0048 regula la tenencia, protección y control de la fauna urbana en la ciudad. En el artículo 8 de la normativa se prohíbe “maltratar o someter a práctica alguna a los animales que pueda producir en ellos sufrimiento o daños injustificados”.
Además se explica que la eutanasia es el único método permitido y aprobado para provocar la muerte de un animal de compañía y que no se pueden utilizar sustancias o drogas venenosas que produzcan dolor o agonía. Las denuncias se pueden realizar a través de la Agencia Metropolitana de Control y la Policía Nacional.
El envenenamiento puede causar vómitos, rigidez muscular o convulsiones, mareo, desorientación, e incluso, puede expulsar espuma por la boca hasta llevar al animal a la muerte, indica Estefanía Barahona, médica veterinaria. Dependiendo del tipo y cantidad de veneno ingerido, puede presentar síntomas inmediatamente o luego de algunos días.