Fundamedios rechaza amonestación de la Supercom a ‘Ecuador Tiene Talento’

La participación de Las Chicas Miau en el programa 'Ecuador Tiene Talento' transmitido por Ecuavisa concluyó con agresiones físicas entre las integrantes de la agrupación. Foto: Captura.

La participación de Las Chicas Miau en el programa 'Ecuador Tiene Talento' transmitido por Ecuavisa concluyó con agresiones físicas entre las integrantes de la agrupación. Foto: Captura.

La participación de Las Chicas Miau en el programa 'Ecuador Tiene Talento' transmitido por Ecuavisa concluyó con agresiones físicas entre las integrantes de la agrupación. Foto: Captura.

En un comunicado emitido hoy, 24 de septiembre, Fundamedios dio a conocer su rechazo a la “acción de la Supercom de emitir una sanción sin proceso previo”. Esto respecto a la amonestación que recibió el canal de televisión Ecuavisa por la transmisión de la pelea de Las Chicas Miau durante el programa ‘Ecuador Tiene Talento’.

La entidad aclaró que si bien rechaza la acción del ente regulador, “tampoco avala el contenido violento difundido por el canal” y expuso su consideración a que las críticas de los televidentes sean atendidas por la estación que transmite el programa de entretenimiento. Según información difundida en Twitter por la Superintendencia de la Información y la Comunicación (Supercom) “el programa ‘Ecuador Tiene Talento’ de Ecuavisa debe mejorar sus prácticas comunicacionales”.

Pese al rechazo a la amonestación emitida a Ecuavisa, Fundamedios resaltó su consideración de “que el hecho más grave de este mismo programa se dio cuando el jurado trató de ‘aleccionar' y cuestionó de forma irrespetuosa las creencias filosóficas y no religiosas de una participante de 16 años”.

En esta parte del comunicado, Fundamedios se refiere a la concursante Carolina P. que se presentó cantando en inglés en el concurso, pero recibió comentarios del jurado tras responder que no creía en Dios ante la pregunta de María Fernanda Ríos, una de las juezas del reality. Según la ONG, la reacción del jurado ante el ateísmo de la joven deja “entrever que la decisión de los jurados en contra de la participante era una represalia por sus creencias”.

Ante esto, Fundamedios hace alusión al artículo 11 de la Constitución que en el numeral 2 establece que “todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”. De acuerdo a este derecho, se establece que ninguna persona puede ser discriminada, entre otros causales, por su religión y su ideología.

Además, la entidad recuerda que el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza a las personas la “libertad de pensamiento, de conciencia y de religión” el mismo que incluye la libertad de “cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado".

En materia legal, el artículo 12 de la Convención Americana de Derechos Humanos, se afirma en el comunicado de Fundamedios, asegura que “toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión (…) Nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias o de cambiar de religión o de creencias”.

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