Las personas con discapacidad buscan una marca confiable en el momento de comprar un vehículo y que cuente con una gama de repuestos. Foto: Galo Paguay/ EL COMERCIO
“El hecho de que una persona con discapacidad pueda conducir un auto, genera una sensación de libertad, ya que poder manejar por sí solos, implica ser independientes. Lograr movilizarnos en un vehículo con el fin de realizar actividades diarias, como ir al trabajo, realizar deporte, visitar a amigos, es fundamental. Es decir, no depender de nadie para ir de un lugar a otro es fundamental” afirma Patricio Holguín, persona con discapacidad física.
Uno de los fines estipulados en la Ley Orgánica de Discapacidades -contemplados en el artículo 3 numeral 3- es: “Procurar el cumplimiento de mecanismos de exigibilidad, protección y restitución, que puedan permitir eliminar, entre otras, las barreras físicas, actitudinales, sociales y comunicacionales a las que se enfrentan las personas con discapacidad”.
La Constitución del Ecuador considera a las personas con una discapacidad o multidispacidades dentro del Grupo de Atención Prioritaria de cuerdo con el artículo 35. Los derechos de las personas con discapacidad se encuentran consagradas en el artículo 47.
En este sentido, las personas con discapacidad tienen el derecho de acceder a la compra de un auto para movilizarse.
Para los efectos de esta Ley, se considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, psicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria.
Para la importación y la compra de vehículos, incluidos los de producción nacional, tendrán exenciones en el pago de tributos y aranceles.
Existen diversas opciones en el momento de comprar un vehículo para personas con una discapacidad o multidiscapacidades. Estos pueden ser ortopédicos o adaptados para las personas que están afectadas por una
movilidad reducida, y por ello no pueden emplear otra clase de vehículos.
También hay automóviles destinados para el traslado de estas personas, que no puedan conducir por sí mismas y requieren el
Los asesores se especializan para llevar a cabo mantenimientos rápidos. Foto: Galo Paguay/ EL COMERCIO
La adquisición de producción nacional o importación de vehículos ortopédicos y no ortopédicos deberá ser aprobada la autoridad aduanera, con el cumplimiento previo de los requisitos correspondientes, en el plazo máximo de 30 días, según el artículo 80 de la Ley Orgánica de Discapacidades.
La autoridad competente en transporte terrestre, tránsito y seguridad vial emitirá gratuitamente la identificación a los vehículos que se utilicen para la transportación de las personas con discapacidad y llevará un registro numerado de las mismas. Estos autos estarán exentos de prohibiciones municipales de circulación.
Vehículos con descuento de aranceles
Juan Fernando Hinostroza, gerente general de Recordmotor S.A. explica que “desde hace 15 años disponen de personal capacitado y calificado, además de modernas instalaciones con todas las facilidades para exhibición y venta de vehículos, repuestos y talleres con equipos de la más alta tecnología para personas con discapacidad”.
Recordmotor S.A. mantiene un ‘stock’ en depósito comercial, con vehículos listos para ser nacionalizados y de entrega inmediata, destinados a personas con discapacidad.
Las personas con una discapacidad o multidiscapacidades pueden comprar un auto con descuento de aranceles para la importación al presentar su carné del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis).
Posteriormente, se da un proceso para que sean calificados y se realiza otro proceso para que la unidad sea adjudicada a esa persona.
“El cliente escoge el modelo y el color, nosotros llevamos a cabo el trámite”, detalla Hinostroza.
El precio de fábrica de este tipo de vehículos no puede exceder de 60 remuneraciones básicas (USD 23 640), si se quiere acceder al beneficio.
Sin embargo, el precio de venta dependerá también del transporte, seguros, bodegaje y lo que conlleva ingresar un vehículo al país.
Otro de los factores que se deben estipular en cuanto al valor del auto es que en el carné del Conadis se establecen los diferentes porcentajes de discapacidad, y según ello se exonerarán los impuestos.
La importancia de las garantías de los vehículos
“Las personas con discapacidad, en el momento de comprar un auto nos planteamos algunos lineamientos, como buscar una marca confiable, que tenga respaldo, repuestos, garantías, ya que si se presenta un problema mecánico no lo podemos resolver; un buen servicio y que, a la vez, ofrezca valores asequibles”, dice Holguín. Y añade que si bien es cierto que se tiene acceso a un precio preferencial en la compra del vehículo, “esto no se da en los mantenimientos, ya que nos cuesta igual que a una persona sin discapacidades”, explica Holguín.
El auto que se importará podrá ser nuevo o de hasta 3 años de fabricación. Además, la persona con discapacidad y la persona jurídica beneficiaria de este derecho podrán importar una sola vez cada 4 años.
La autoridad sanitaria nacional coordinará junto con la autoridad nacional competente en materia tributaria el respectivo control y fiscalización.