Las instituciones públicas, cuyas principales atribuciones estén relacionadas con las actividades de investigación científica, podrán vincular a estos profesionales. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO
El investigador científico que labore en una institución pública será considerado un servidor, como cualquier otro funcionario del Gobierno. Por tanto el régimen de licencias, comisiones de servicios, permisos y salarios se establecerán según un Reglamento de Carrera y Escalafón del Investigador Científico.
Es uno de los cambios que contiene el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación (Ingenios) que se presentará este 4 de junio del 2015 en la Asamblea Nacional, a partir de las 14:45.
Ahí se detalla que las instituciones públicas, cuyas principales atribuciones estén relacionadas con las actividades de investigación científica, podrán vincular a estos profesionales. Aún no se conoce cuánto ganará como salario, pues eso se definirá posteriormente en un reglamento.
El Código deberá ser analizado primero en la Asamblea y tras su aprobación pasará al Ejecutivo. Se espera que no tenga mayores objeciones, pues fue trabajado en concordancia con los principios del Gobierno y su cambio de matriz productiva.
El artículo 37 del Código también reconoce a la Internet como un servicio básico, igual que el agua la luz o el teléfono fijo. Por tanto el Estado debe velar por que se llegue progresivamente a un acceso universal y de calidad.
Los Municipios deberán garantizar una conexión libre y gratuita de la ciudadanía a la Internet, en los espacios públicos de concurrencia masiva dedicados al ocio y entretenimiento. Es decir, en plazas, parques, coliseos, etc.
En el caso de las universidades y escuelas politécnicas, estas instituciones deberán poner a disposición libre y gratuita de la comunidad académica la conexión a Internet inalámbrica en toda el área de sus sedes y extensiones.