El pasado 19 de octubre del 2017 se desarrolló la audiencia de acción de protección presentada por colectivos Glbti en contra de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana y el Frente Nacional por la Familia. Foto: Galo Paguay / EL COMERCIO
La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) presentó la figura de amicus curiae en el Complejo Judicial de Quitumbe, en el sur de Quito. Esto en el marco de la acción de protección presentada por los colectivos de gais, lesbianas, bisexuales, transgénero, transexuales, travestis e intersex (Glbti) en contra de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana y el Frente Nacional por la Familia.
Eso ocurrió la mañana de este lunes 23 de octubre del 2017. Su objetivo es colaborar con el Tribunal para que en su fallo se reconozca que este hecho no se trata de una confrontación entre la Iglesia y sectores sociales y Glbti. “Va más allá y debe ser tratado desde un enfoque de derechos humanos evitando la criminalización de cualquier acto de protesta social y tutelando efectivamente el derecho de igualdad ante la ley y la no discriminación”.
En el documento, Inredh sostiene que como consecuencia de la masiva movilización nacional, del pasado 14 de octubre, “hemos podido observar y constatar graves reacciones y difusión de diversos mensajes que tienden a discriminar a ciertos sectores sociales históricamente vulnerables, principalmente negando el reconocimiento a los diversos tipos de familia así como el desarrollo holístico humano a través de la educación, ambos mandatos establecidos en la Constitución”.
A esto se suma que el principal sustento de la difusión de estos mensajes y de las manifestaciones parecería ser una desinformación, mal comprensión o incluso desconocimiento de cierta terminología que hace referencia al vocablo “género”.
La gravedad del contenido de estos mensajes -sostiene la entidad- así como su rápida difusión a través de redes y medios electrónicos son elementos que podrían calificarlos como incitación al odio. Esto conlleva a una violación de derechos constitucionales, “motivo por el cual y de manera acertada su judicatura ha convocado a la presente acción de protección constitucional con el fin de constatar y de ser el caso reparar dicha vulneración”.
Para Gabriela Flores, asesora legal de Inredh, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ya señaló que no se debe justificar el discurso de odio bajo el derecho a la libertad de expresión, pues ubica en situación de vulnerabilidad y grave riesgo a las personas pertenecientes a un colectivo.
Añadió que Inredh no está alineada con las pretensiones del colectivo que presentó la acción. La idea es que si bien la libertad de expresión es un derecho de las personas, no se la puede utilizar para vulnerar a terceros. “Tampoco para atentar contra grupos históricamente vulnerados”, dijo.
Finalmente, la fundación solicitó que sea convocada por la Justicia a la audiencia pública de la acción de protección del caso de referencia para exponer de forma oral los criterios expuestos en el Amicus Curiae. La audiencia se realizará este miércoles, a las 08:30.