En algunos países de Europa es prohibido orinar de pie. Foto: Wikicommons
La justicia alemana dictó hoy (21 de enero) sentencia a favor de un inquilino, que presentó demanda con el arrendador de su vivienda que le reclamaba 1 900 euros (USD 2 160) por haber orinado de pie y dañado con ello el piso del lavabo con las salpicaduras.
La audiencia administrativa de Düsseldorf (oeste del país) dictaminó que orinar de pie es un hábito “generalizado” y que, en cambio, los daños que pueda originar en el suelo son “apenas conocidos”.
El inquilino había presentado una demanda contra su casero, que pretendía retener 1 900 euros del total de 3 000 euros depositados como fianza al suscribir el contrato de alquiler.
El argumento del arrendador era que con su hábito de orinar de pie había causado daños en el suelo de mármol de la sala de baño. “A pesar de la creciente domesticación del varón, sigue siendo una costumbre generalizada orinar de pie”, reza la sentencia de esa cámara.
Alguien que “siga haciendo sus necesidades de la manera que antes era la más practicada debe esperar conflictos con el resto de habitantes de la vivienda, especialmente si son mujeres“, prosigue la sentencia.
Eso no significa, sin embargo, que deba actuar de otra manera “por consideración hacia el piso del lavabo”, por mucho que este sea de mármol.