La declaratoria de propiedad horizontal es un requisito que exige el municipio para constituir una vivienda de forma individual y legal.
Se aplica en los conjuntos habitacionales para que el propietario de una casa o departamento sea dueño de su inmueble. También, en caso de herencias, cuando se quiere entregar en forma legal un terreno o vivienda a un descendiente.
Para que un terreno o una vivienda sean declarados como propiedad horizontal debe cumplir con varios requisitos.
El primero es que el constructor, el promotor de un conjunto de viviendas o el propietario de un inmueble soliciten el Informe de Regulación Metropolitana (IRM). Para ello hay que presentar a la entidad municipal las escrituras del terreno, los pagos prediales actualizados, la copia de la cédula y la papeleta de votación del propietario del inmueble.
El IRM también se conoce como la línea de fábrica y es un informe que explica al constructor o solicitante el tipo de edificación que puede realizar.
El siguiente paso es la legalización de los planos. Un arquitecto diseña y presenta los planos de construcción. Los planos estructurales quedan bajo la responsabilidad de un ingeniero civil.
Estos documentos son aprobados por los técnicos del departamento municipal respectivo. Entonces, se obtiene la licencia de construcción. Luego viene la solicitud de la declaratoria de propiedad horizontal.
El profesional encargado de la obra presenta un informe con los planos registrados, la licencia de construcción, un informe con los cuadros de alícuotas y linderos del terreno. Estos documentos se receptan, se califican y se emite un informe técnico por los técnicos del Departamento de Gestión Urbana municipal.
El Departamento Legal del Municipio recibe los documentos y elabora una minuta dirigida a un notario. El Administrador Zonal firma la minuta. Una vez legalizado el documento, regresa al área jurídica y se ingresan los datos del inmueble.
También se fija un valor para el pago de la tasa municipal. “El pago varía según el área útil del terreno”, dice el arquitecto Ignacio Caiza. El valor vigente en Quito es del 1/1 000, considerando el m² construido en USD 190.
El paso final es la realización de las escrituras. Los documentos van al Departamento de Avalúos y Catastros.
Allí los técnicos registran que cada vivienda se constituya independiente, con un área definida y una alícuota establecida. El valor predial de una propiedad se fija según el sector donde está ubicada, el metraje, la plusvalía y tiempo de construcción.
El régimen de propiedad horizontal es una ley nacional a la que se acogen los edificadores y los promotores inmobiliarios, dice Marco Castro, constructor.