En la quinta Disposición Reformatoria, el COA dispone fin al tratamiento de animales como cosas en el Código Civil. Foto: Archivo/EL COMERCIO
El Código Orgánico del Ambiente (COA), aprobado este 20 de diciembre en la Asamblea Nacional, posee siete libros. Cada uno contiene artículos que han causado debate por parte de comunidades, organizaciones ambientalistas y en pro de los animales. El articulado acoge todo lo que son objetos, hábitos, fines, derechos, deberes, principios y responsabilidades ambientales.
Del régimen institucional es el primer libro, en el cual se propone el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental. Posee numerales que involucran el papel del Ministerio del Ambiente y los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Comienza en el artículo 12 y se extiende hasta el 28.
El segundo es uno de los más largos y debatidos. Trata sobre el patrimonio natural y va desde el artículo 29 al 157. En su cuenta de Twitter, el asambleísta Carlos Viteri, presidente de la Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales, comentó que antes de la aprobación se realizaron varios cambios en este libro.
Aquí se presentan mecanismos para la conservación in situ y ex situ. El in situ topa tres puntos: el Sistema Nacional de Áreas Protegidas; las áreas especiales para la conservación de la biodiversidad; y la gestión de los paisajes naturales. La conservación ex situ se refiere al cuidado, protección y supervivencia de la vida silvestre.
Los artículos que más llamaron la atención de varias organizaciones fueron las disposiciones para la cacería informal, la de control y la deportiva (Art. 70 y 71), esta última prohibida. También se incluyeron en el cuerpo legal, los actos prohibidos contra los animales y las regulaciones especiales (Art. 146 y 148). En este ámbito, el COA ratificó de forma íntegra el mandato ciudadano de la Consulta Popular del 7 de mayo 2011.
El tercer libro (artículos 158 al 246) trata sobre la calidad ambiental, los criterios, las normas, la obligatoriedad, prevención y control, acreditaciones, regulaciones, responsabilidades, manejos de residuos y desechos.
El cambio climático también se aborda en este documento. Se habla de instrumentos para su gestión, las medidas de adaptación y mitigación para contrarrestar este fenómeno. Esto se incluye en los artículos 247 al 261.
Las zonas marino costeras también se encuentran en el COA y están el quinto libro. Las autorizaciones para realizar actividades en estos sitios deben darlas las entidades reguladoras.
La protección, la preservación, la prevención a los desastres naturales y el aprovechamiento de los recursos marinos, entre otros, son temas considerados en los artículos 262 al 278 del Código.
El sexto libro trata sobre los incentivos ambientales empresariales. Expone las evaluaciones que se van a realizar para otorgar incentivos a la conservación, uso, manejo sostenible, restauración de los ecosistemas dirigidos a personas naturales o jurídicas. Los artículos respectivos van del 279 al 286.
El último libro del COA habla sobre la reparación integral de daños ambientales y el régimen sancionador; va del 287 al 331. El objetivo de este es regular y orientar las acciones y medidas de reparación generados por el ser humano.
En la quinta Disposición Reformatoria, el COA dispone fin al tratamiento de animales como cosas en el Código Civil. Al respecto, el articulado señala: “Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro. Los animales no son cosas”.