Alrededor de 283 000 estudiantes cursan sus estudios en una institución de educación superior particular. Foto: Archivo.
El Consejo de Educación Superior (CES) aprobó este 27 de agosto del 2015 el reglamento para la regulación de aranceles, matrículas y derechos en las instituciones de educación superior particulares. Este incluye una serie de cambios en las regulaciones para estos cobros.
Alrededor de 283 000 estudiantes cursan sus estudios en una institución de educación superior particular. Según el CES, las carreras de pregrado cuestan en promedio USD 5 425 anuales: USD 1 132 de matrícula, USD 3 197 de arancel y USD 1 096 en derechos y otros cobros.
1. Los estudiantes pagarán obligatoriamente solo el arancel y matrícula. El primero estará en función del número de asignaturas que registre el estudiante en cada período académico y la matrícula no podrá exceder el valor correspondiente al 10% de este arancel.
2. Con el pago de la matrícula, el estudiante tendrá derecho a acceder a todos los servicios generales de la institución: bibliotecas, hemerotecas, laboratorios, áreas deportivas, tendrá derecho a un seguro médico básico obligatorio y al otorgamiento de certificaciones por una sola vez.
3. Se prohíbe el cobro de valores por pasantías, derechos de grado, de disertación de trabajos de titulación y por el otorgamiento del título académico en cada carrera o programa.
4. El valor del arancel, la matrícula y los derechos (incluido los aranceles diferenciados) podrán incrementarse anualmente como máximo en función del índice inflacionario anual a diciembre del año inmediatamente anterior, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC).
5. En el caso de que el CES compruebe una institución particular cobró aranceles, matrículas y/o derechos sin observar los parámetros y criterios establecidos en el Reglamento, deberá presentar al CES un plan de devolución de los excesos cobrados.