Violación

‘Atraparon al que violó a una niña”, publicó el vespertino Últimas Noticias.

La violación es un delito que se produce con mucha frecuencia. ¿Por qué? En parte, por la tendencia criminal de sus autores, pero también por el entorno en que viven las niñas, hogares generalmente destruidos. Registrada en reciente sentencia del Tribunal Segundo Penal de Pichincha, dictada por los Jueces doctores Juan Genaro Mora Moscoso, Presidente; y Geoconda Lorences Meza y Xavier Andrade Castillo, se juzgó el caso de una niña escolar violada.

Al quebrantarse el matrimonio, la madre llevó a la niña consigo; mientras el padre se fue a vivir en la costa y solo venía de tiempo en tiempo.

La vida común la hacían en una pequeña casa fuera de Quito, que la habitaban la menor, otra hija, la señora abuela y el “padrastro”.

En la declaración la niña ha revelado “... que su madre ha regresado tres veces con su padre y tres veces lo ha dejado”. Pero la madre optó por una segunda unión; y, así, la pequeña casa alojó al nuevo esposo. Hacinamiento peligroso. Y es en ese hacinamiento, que el “padrastro” habría abusado sexualmente de la pequeña, que él niega.

Descubierto el suceso, dos años después de ocurrido, sometieron a la víctima a examen de su cuerpo y el médico determinó que, en efecto, su membrana himen ha sido desflorada mucho antes.

Se inició, con estos antecedentes, la causa penal en contra del padrastro, a quien culparon del hecho. Fue a prisión, pero ante el Tribunal Penal  no se produjo prueba de que el acusado era el autor de violación, porque según nuestra ley, la violencia ejercida en la víctima deja huellas; y, si no las hay, consecuencias psicológicas o morales que se deben establecer con peritos designados por el Fiscal.

Además, se debe probar la fecha del suceso, pues el hecho delictivo debe construirse históricamente con la determinación de cuándo fue perpetrado (día, mes y año) “porque el transcurso del tiempo es un dato omnipresente, hasta el punto de convertirse en el propio núcleo del derecho penal y procesal penal”.

La determinación del lugar “es de incuestionable importancia dentro de un proceso penal, en cuanto marca los límites de alcance de la ley penal, y lógicamente surgen los principios de territorialidad, jurisdicción y defensa, entre otros”, dice la sentencia. No basta afirmar que la violación ocurrió hace dos años, en una casa de cierta parroquia.

El amplio fallo, respaldado por abundante doctrina penal, utiliza  también las normas constitucionales, entre ellas la presunción de inocencia, que debe ser atendida mientras no se pruebe lo contrario. Y como conclusión, el Tribunal “ratifica el estado de inocencia, reconocido y garantizado en la Constitución …” y deja sin efecto la prisión que estaba guardando el acusado, quien salió libre.

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